Política

Podemos Perú: Congresista Luis Picón fue capturado por la Policía Nacional

La detención del parlamentario se produjo por disposición del Cuarto Juzgado Unipersonal Supraprovincial con sede en Huánuco y al amparo de una orden de captura dictada el último 13 de octubre.
Congresista Luis Picón siendo detenido por la policía

Efectivos de la Policía Nacional detuvieron a congresista Luis Picón. Foto: Andina.

Efectivos de la Policía Nacional detuvieron a congresista Luis Picón. Foto: Andina.
10:29 horas - Miércoles, 18 Octubre 2023

El exgobernador regional de Huánuco y actual congresista de Podemos Perú, Luis Picón Quedo, y declarado reo contumaz, fue capturado la tarde del martes por efectivos de la Dirección de Investigación Criminal – Dirincri de la Policía Nacional, cuando salía de una de las sedes del Congreso de la República.

El legislador de 66 años es acusado por el delito contra la administración pública. Al momento de la detención policial, bajó de su automóvil sin prestar resistencia.

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La detención se produjo por disposición del Cuarto Juzgado Unipersonal Supraprovincial con sede en Huánuco y al amparo de una orden de captura dictada el último 13 de octubre, en el marco de un proceso seguido en su contra por los delitos de colusión y aprovechamiento indebido del cargo.

El legislador fue electo el 2021 por el partido Alianza para el Progreso. Sin embargo, en 2022 fue expulsado de dicha bancada por no votar a favor de la censura del exministro de Salud, Hernán Condori, pasando luego a la bancada de Podemos Perú.

A Picón se le imputa haber hecho valorizaciones de obras nunca ejecutadas por un monto aproximado de más de 80 millones de soles en el año 2012, cuando se desempeñaba como presidente regional de Huánuco.  

El Ministerio Público pidió para Picón Quedo una pena privativa de la libertad de cuatro años.

CONGRESO DE LA REPÚBLICA:  SOBRE DETENCION DE LEGISLADORES 

Según el reglamento del parlamento, los legisladores no pueden ser procesados ni presos sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente, desde que son elegidos hasta un mes después de haber cesado en sus funciones, excepto por delito flagrante.

En este caso son puestos a disposición del Congreso o de la Comisión Permanente a más tardar dentro de las veinticuatro horas, a fin de que se autorice o no el enjuiciamiento.

La inmunidad de proceso no protege a los Congresistas contra las acciones de naturaleza diferente a la penal, que se ejerzan en su contra y sean derivadas de sus actos privados.



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