Política

Junta Nacional de Justicia abre investigación a fiscales Pablo Sánchez, Rafael Vela y José Domingo Pérez

La decisión obedece a la declaración testimonial de Jaime Villanueva, exasesor de la suspendida fiscal Patricia Benavides.
Junta Nacional de Justicia  Pablo Sánchez , José Domingo Pérez Rafael  Vela

La Junta Nacional de Justicia

La Junta Nacional de Justicia
7:44 horas - Sábado, 10 Febrero 2024

El pleno de la Junta Nacional de Justicia (JNJ)  abrió investigación preliminar, por separado, al exfiscal de la Nación, Pablo Sánchez, así como a los fiscales del Equipo Especial Lava jato, Rafael Vela  Barba y José Domingo Pérez.

Esta decisión fue informada a través de la cuenta oficial de la JNJ en la plataforma X (antes Twitter).

[Lee también: Fiscal José Domingo Pérez buscará que Jaime Villanueva declare en juicio contra Keiko Fujimori]

De acuerdo a la publicación, la decisión obedece a la declaración testimonial de Jaime Villanueva, exasesor de la suspendida fiscal Patricia Benavides.

Según declaración testimonial de Villanueva y que fue difundida en diversos medios de comunicación, el exfiscal de la Nación Pablo Sánchez y a los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez estarían involucrados en hechos irregulares.

Señala entre otras cosas, que el periodista Gustavo Gorriti habría dirigido la investigación del caso 'Cócteles' contra la dirigente de Fuerza Popular, Keiko Fujimori.

En su testimonio, Villanueva afirma que el periodista habría intercedido para que se contrate al ex fiscal Stefan Lenz.

En otro momento, el exasesor de PatrIcia Benavides, afirma que habría propuesto al ex fiscal Pablo Sánchez  la integración del fiscal José Domingo Pérez al Equipo Especial Lavajato.

¿QUÉ FUNCIONES TIENE LA JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA?

Hay que señalar que la Junta Nacional de Justicia tiene entre sus funciones nombrar, previo concurso público de méritos y evaluación personal, a los jueces y fiscales de todos los niveles.

Para el nombramiento se requiere el voto público y motivado conforme a los dos tercios del número legal de sus miembros. El voto no altera los resultados del concurso público de méritos.

Además, ratifica, con voto público y motivado, a los jueces y fiscales de todos los niveles cada siete (7) años. Los no ratificados o destituidos no pueden reingresar al Poder Judicial ni al Ministerio Público.

También aplica la sanción de destitución a los jueces y fiscales, titulares y provisionales de todos los niveles. Así como al jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).

Además, aplicar la sanción de amonestación o suspensión a los jueces de la Corte Suprema y fiscales supremos hasta ciento veinte (120) días calendario, a partir de criterios de razonabilidad y proporcionalidad.



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