El 20 de enero vence plazo para que partidos elijan a candidatos al Congreso
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El miércoles 20 de enero vencerá el plazo para que las alianzas electorales y partidos políticos que participan en las Elecciones Generales 2016 realicen sus elecciones internas de candidatos al Congreso de la República y Parlamento Andino, informó la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
“Según al artículo 22 de la Ley de Partidos Políticos, los comicios internos para elegir candidatos a cargos de elección popular se efectúan entre los 180 días anteriores a la fecha de la elección y 21 días antes del plazo para la inscripción de los postulantes. De tal manera, el cronograma electoral fijó el periodo para los comicios internos de candidatos al Congreso y Parlamento Andino desde el 13 de octubre del 2015 hasta el 20 de enero próximo”, detalló la ONPE.
La ley vigente también establece tres modalidades para la elección de candidatos: con el voto de los afiliados y no afiliados al partido, de afiliados, o a través de delegados elegidos por los órganos partidarios.
Los partidos políticos que a la fecha han solicitado asistencia técnica del organismo electoral y han fijado fecha para estas elecciones son: Peruanos por el Kambio, que ha programado sus comicios internos para el 15 de enero; Acción Popular, Democracia Directa y Partido Humanista Peruano, que lo harán el 17 de enero; mientras que el Frente Popular Agrícola Fía del Perú lo ha fijado para el 20 de enero.
Cabe recordar que para la elaboración de sus listas de candidatos al Congreso y Parlamento Andino, las alianzas electorales y partidos políticos deben tener en cuenta la respectiva cuota de género de 30% y otras disposiciones fijadas por el Jurado Nacional de Elecciones.
Asimismo, el artículo 24 de la Ley de Partidos Políticos precisa que hasta el 20% del número total de candidatos puede ser designado directamente por el órgano del partido que disponga el estatuto.
El JNE precisó, mediante Resolución N° 0327-2015-JNE, que las alianzas y los partidos políticos que presenten candidatos al Congreso de la República en la totalidad de los distritos electorales, pueden calcular el porcentaje de designados sobre el total de 140 candidatos y no necesariamente por distrito electoral.