Defensor del Pueblo pide al Gobierno reestablecer dispositivo para venta de medicamentos genéricos en farmacias
Defensorio del Pueblo pide al gobierno reestablecer decreto que permite la venta obligatoria de genéricos en farmacias. Foto: TV Perú Noticias.
A través de una carta, la Defensoria del Pueblo solicita a la presidenta de la república, Dina Boluarte, convocar de manera urgente a una sesión extraordinaria del Consejo de Ministros, para emitir decreto de urgencia que restablezca el acceso a los medicamentos genéricos, ampliar su vigencia y disponibilidad.
Además, pide al Ministerio de Salud (Minsa) establezca medidas definitivas y se inicie el proceso de modificación de la Ley General de Medicamentos para declarar el acceso a los medicamentos, productos biológicos y dispositivos médicos como parte esencial del Derecho a la salud.
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El comunicado precisa que es indispensable establecer los mecanismos que garanticen la más amplia disponibilidad de medicamentos genéricos en el sector público y privado de todo el país. La falta de acceso a Medicamentos Genéricos afecta, sobre todo, a población con escasos recursos económicos.
El comunicado recuerda que, desde la perspectiva de los derechos humanos, el acceso oportuno y adecuado a los medicamentos genéricos en los establecimientos, como boticas y farmacias del país, debe ser garantizado por el Estado regulando su disponibilidad en establecimientos públicos y privados.
Finalmente, la Defensoría del Pueblo realizará el seguimiento y vigilancia de las acciones y medidas que el Despacho Presidencial disponga para garantizar el acceso a los medicamentos cuidando que tales medicamentos sean oportunas y eficaces en el contexto de protección del derecho a la salud de la persona.
MINSA SANCIONABA INCUMPLIMIENTO DE NORMA
El decreto de urgencia 059-2020, publicado el 21 de mayo del 202O aseguraba la venta obligatoria de 40 medicamentos genéricos esenciales en boticas y farmacias.
La norma permitía a la población acceder a medicamentos tales como: amoxicilina, azitromicina, captotril, clonazepan, omeprazol, paracetamol, metmorfina y sertralina. Los que son indicados para tratar enfermedades metabólicas prevalentes en la población como hipertensión arterial, diabetes mellitus infecciones en general, control de dolor (analgésicos) entre otros.
Así también cuando los establecimientos encargados de la dispensa no contaban con el stock, podían ser sancionados con dos Unidades Impositivas Tributarias. (UIT) equivalente a S/10 300.
La norma venció el 25 de febrero del año 2024 y el ministerio de Salud decidió no prorrogarla generando molestia y preocupación en diversos sectores de la sociedad.