Congreso aprueba restituir el financiamiento privado a partidos políticos
La Comisión Permanente aprobó, en segunda votación, el dictamen que propone restituir el financiamiento privado a partidos políticos. Foto: difusión.
Con 14 votos a favor, 8 en contra y 2 abstenciones, la Comisión Permanente del Congreso aprobó, en segunda votación, el dictamen que propone restituir el financiamiento privado a partidos políticos.
El congresista Alejandro Muñante (Renovación Popular), uno de los impulsores de esta iniciativa, calificó de correcta la decisión del referido grupo de trabajo. “Lo que hemos hecho hoy, a través de una ley con topes establecidos, es que las economías formales también puedan financiar a los partidos políticos, y ya no solo las economías ilegales como se venía a haciendo hasta el día de hoy", agregó.
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Tras destacar que son las economías formales las que pagan impuestos, el legislador añadió que la norma tiene varios candados para evitar la filtración del dinero ilícito y señaló que los garantes serán el Banco de la Nación y las entidades financieras que reciban las transferencias económicas.
En cuanto a la figura del aporte confidencial, que fue motivo de un intenso debate entre los legisladores, hay que precisar que no rige para el partido político, pero sí para los bancos que reciben los aportes económicos.
Sobre el tema, el presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento, Fernando Rospigliosi, precisó que no son aportes económicos desconocidos. “Está explícitamente prohibido, todo tiene que estar bancarizado y toda persona o empresa que aporte tiene que estar identificada por la ONPE", añadió.
¿QUÉ DICE LA PROPUESTA?
El artículo 30 de la propuesta legal, respecto al financiamiento privado, señala lo siguiente:
“Las organizaciones políticas pueden recibir aportes o ingresos procedentes de la financiación privada, mediante:
a) Las cuotas y contribuciones en efectivo o en especie de cada aportante como persona natural y persona jurídica nacional, incluido el uso de inmuebles, a título gratuito, no superen en un año calendario el equivalente a 200 unidades impositivas tributarias por aportante para cada organización política. En ningún caso un aportante puede aportar más de 500 unidades impositivas tributarias al año, sin importar el número de organizaciones políticas a las que aporte.
Una tercera disposición complementaria final está referida a los medios alternativos para la realización de aportes:
“La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), en coordinación con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), dentro de los sesenta días calendario contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley, aprueba la resolución que regule el procedimiento para que las organizaciones políticas puedan recibir aportes dinerarios realizados mediante aplicativos de billetera electrónica u otros homólogos, garantizando la transparencia, trazabilidad y supervisión de dichas transacciones”.
RECONSIDERACIÓN
Posteriormente, la parlamentaria Ruth Luque Ibarra (BDP) presentó una reconsideración a esta segunda votación. Sin embargo, esta fue rechazada con 17 votos en contra, 5 votos a favor y 3 abstenciones.
Para la congresista Luque, la aprobación de esta ley buscaría beneficiar solo a determinados partidos políticos. “Es una completa desnaturalización del financiamiento público, con eso yo no veo que sentido tiene mantener el financiamiento público. Los que han planteado esta propuesta solo quieren usar recursos del Estado para sus propios intereses e investigaciones", afirmó.
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