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Corte Suprema deja sin efecto criterio para reducir pena de violadores que tengan hijo con la víctima

La Corte Suprema había aprobado otorgar menos años de cárcel a los violadores que tengan un hijo producto del delito incriminado. Sin embargo, dejaron sin efecto esta postura.
corte suprema justicia

La Corte Suprema emitió un comunicado para informar que deja sin efecto la decisión. Foto: Andina

La Corte Suprema emitió un comunicado para informar que deja sin efecto la decisión. Foto: Andina
18:05 horas - Viernes, 22 Diciembre 2023

La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto el criterio que buscaba reducir la pena a los sentenciados por violación que tengan un hijo con la víctima. La medida había sido aprobada en un acuerdo plenario el pasado 28 de noviembre.

"Los integrantes del XII Pleno Jurisdiccional de las Salas Penales de la Corte Suprema en aras de valorar ampliamente los puntos de cuestionamiento acordaron dejar sin efecto los fundamentos 50° y 51° del Acuerdo Plenario 1-2023/CIJ-116", se lee en un comunicado.

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El documento señala que, en un próximo Pleno Jurisdiccional, se examinará nuevamente la medida con expertos para ver si es aplicable o no. "Siempre tomando en cuenta el interés superior de las niñas, niños y adolescentes", mencionan.

comunicado corte suprema

¿QUÉ ESTABLECÍA EL CRITERIO?

La Corte Suprema de Justicia estableció un criterio para la reducción de pena privativa de la libertad para aquellos sentenciados por violación que tengan un hijo producto del delito incriminado.

La decisión era aplicable siempre y cuando el acusado demuestre ser el único responsable de la manutención del menor, que el niño no tenga otro tutor, o que haya formado "un hogar estable" con la víctima.

"En primer lugar, que exista una familia formada por el sentenciado o la sentenciada y por un niño, niña o adolescente, que haya nacido producto del delito incriminado, o que no tenga otro tutor, o progenitor, o persona a cargo de su manutención. En segundo lugar, que el sentenciado o la sentenciada se encuentren a cargo de la manutención o cuidado de dicho menor, que ello esté suficientemente acreditado y que no exista otro integrante familiar o persona que pueda sustituirlo", decía el acta.



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