MEF dicta medidas para inversiones de rehabilitación
El Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.PE), a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), aprobó la Resolución Directoral N° 002-2019-EF-63.01, que dicta medidas para facilitar la aprobación y ejecución de inversiones ante situaciones que cuentan con declaratoria de estado de emergencia por desastres ocasionados por fenómenos naturales, con el fin de recuperar la infraestructura pública y servicios básicos afectados.
Las disposiciones aprobadas por el INVIERTE.PE permitirán que las entidades públicas efectúen la aprobación y ejecución de inversiones de rehabilitación y de reposición de emergencia, orientadas a recuperar los servicios interrumpidos en favor de la población afectada por desastres naturales.
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Para tal efecto, se aprueba un formato específico que identifique la infraestructura o activo afectado por el desastre y, en menos de 1 hora, permitirá sustentar las acciones a desarrollar mediante inversión pública para su recuperación. Teniendo en cuenta la inmediatez y urgencia con que se requiere la recuperación de los servicios, se establece que las inversiones se deben ejecutar en un plazo de seis (06) meses desde la aprobación del expediente técnico.
Asimismo, se determina que las inversiones de rehabilitación y reposición de emergencia se financian con cargo al presupuesto de la entidad, conforme a la normativa presupuestaria vigente, o mediante el Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales – FONDES, cuya secretaría técnica está a cargo del INDECI.