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Servidores estatales podrán fraccionar sus vacaciones hasta períodos menores de 7 días

15:30 horas - Miércoles, 12 Septiembre 2018

Los servidores de las entidades públicas podrán fraccionar sus vacaciones por periodos menores a 7 días en común acuerdo entre el servidor y la entidad. Con esta norma se busca favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar.

Pueden acceder a esta modalidad todos los trabajadores del Estado que se encuentren bajo cualquier régimen de contratación laboral, especial o de carrera y alcanza al cuerpo de gerentes públicos, salvo que se regulen por normas más favorables.

El derecho de descanso está condicionado a que el servidor cumpla el récord vacacional que se señala a continuación:

  1. Tratándose de servidores cuya jornada ordinaria es de seis días a la semana deben haber realizado labor efectiva por lo menos 260 días en dicho periodo.
  2. Tratándose de servidores cuya jornada ordinaria es de cinco días a la semana deben haber realizado labor efectiva por lo menos 210 días en dicho periodo.

El cómputo del récord vacacional será regulado por el reglamento, el cual ha de ser elaborado por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en coordinación con la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en un plazo no mayor de 30 días calendario, contados a partir de mañana.


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