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Seguridad en establecimientos abiertos al público

15:35 horas - Lunes, 12 Junio 2017

Cada local comercial está obligado a cumplir las normas mínimas de seguridad. Los trabajadores y los clientes deben estar protegidos de todos los riesgos posibles como:

  • Incendios.
  • Instalaciones eléctricas.
  • Suelos resbaladizos.

Para ello, existe una normativa que regula este tipo de casos y ampara a los afectados en el caso de catástrofe. Por eso, en A la Cuenta de 3 conversamos con el presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios, Crisologo Cáceres para saber cuales son las medidas que debe tener un establecimiento.

El piso

  • El suelo debe ser antideslizante para evitar posibles caídas.
  • Deberían tener un ancho mínimo de 1,2 metros y muy importante evitar que sean de madera, ya que es un material altamente inflamable.

Uso de extintor

  • Cada local comercial está obliga a contar con extintores necesarios con respecto al tamaño del establecimiento, es decir, un extintor de 6 u 8 kilos por cada 150 metros cuadrados de superficie.

Vía de escape

  • Todo establecimiento público debe contar con al menos una vía de escape que jamás se pueda bloquear ni cerrar mientras el local esté abierto al público.

Instalaciones eléctricas 

  • El tablero general de electricidad debe estar señalizado con el fin de evitar que personas no autorizadas manipulen estos componentes.

Mira la nota aquí.

 


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