Keiko Fujimori: PJ deja sin efecto juicio oral contra lideresa de Fuerza Popular por el caso Cócteles
El Poder Judicial dejó sin efecto el juicio oral contra la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y otros doce acusados, investigados por los presuntos aportes irregulares a la campaña electoral del 2016 de la excandidata presidencial, en el marco del caso Cócteles.
La medida fue dispuesta por el Tercer Juzgado Colegiado de la Corte Superior Nacional en aplicación de una resolución del Tribunal Constitucional, que ordenó anular el juicio oral contra el exsecretario general de Fuerza Popular, José Chlímper.
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La decisión de la sala, encabezada por la jueza Juana Caballero, no implica una declaración de inocencia para los acusados, entre quienes se encuentran además de Keiko Fujimori, su exposo Mark Vito Villanella, Pier Paolo Figari Mendoza, Ana Hertz de Vegas, Luis Larosa Vivanco, Efrain Goldenberg, Jaime Yoshiyama Tanaka, Augusto Mario Bedoya Tamariz, Vicente Ignacio Silva Checa, Antonieta Ornella Gutierres, entre otros. Además de las personas jurídicas de Fuerza Popular y MB Bienes Raices S. A. C.
La jueza Juana Caballero señaló que el Ministerio Público presentó inconsistencias durante la acusación del caso. Explicó que, a pesar que la investigación ha durado varios años, aún no se precisaron los términos de la acusación y se han señalado observaciones a los documentos presentados por la Fiscalía.
CASO CHLÍMPER
Previamente, por unanimidad, el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional dispuso dejar sin efecto el juicio oral contra José Chlímper por los delitos de organización criminal, lavado de activos y obstrucción a la justicia en el caso Cócteles, y ordenó que se remita todo lo actuado a la etapa de investigación preparatoria.
La medida fue dispuesta al declarar fundada la solicitud de la defensa del imputado para que se ejecute la sentencia del Tribunal Constitucional, que ordena anular el juicio oral contra su patrocinado.
En entrevista con TVPerú Noticias, James Rodriguez, abogado penalista, aclaró que el Tercer Juzgado Colegiado de la Corte Superior Nacional no declaró la inocencia de los procesados implicados en el caso Cócteles, sino que terminó un retroceso en el proceso judicial, devolviendo el caso a la etapa de investigación preparatoria, al haberse vulnerado derechos importantes de los procesados.
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