Política

Denuncia contra Castillo puede poner en marcha un antejuicio o un juicio político, según Cairo

Constitucionalista explicó que la Constitución no le permite al Congreso autorizar el procesamiento penal del presidente por delitos diferentes a los del artículo 117.
6:00 horas - Miércoles, 12 Octubre 2022

El constitucionalista, Omar Cairo, dijo que la denuncia constitucional es un acto que puede poner en marcha dos tipos de procedimientos: “Un antejuicio. Es decir, un procedimiento para que el Congreso autorice el proceso penal en el Poder Judicial del presidente. Y otro, que se llama juicio político, es un procedimiento dirigido a que el Congreso sancione al presidente por cometer una infracción constitucional.

“El texto de la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, indica que es una denuncia constitucional para antejuicio. No pide suspensión, destitución o inhabilitación. No señala sanciones constitucionales”, precisó.

Manifestó que la Constitución no le permite al Congreso autorizar el procesamiento penal del presidente por delitos diferentes a los del artículo 117. “Los delitos que están en la denuncia son tráfico de influencias agravado y colusión”, remarcó.

Entonces, prosiguió, si la denuncia constitucional está planteada en los términos clásicos estaría impedido de admitirla a trámite y mucho menos de declararla fundada, detalló.

“No puede autorizar lo que prohíbe el artículo 117. Pero la fiscal no ha pedido eso. Lo que ha solicitado, fundamentado en la convención contra la corrupción en el artículo 117, que hay que entenderlo de conformidad, pero creo que todos los argumentos que ha empleado no están vinculados a lo que pide”, puntualizó.

Lo que solicita es que el Congreso autorice a pasar de la investigación preliminar a la investigación preparatoria, informó el constitucionalista.

“Y allí hay un problema: los apasionamientos a veces nos llevan a adoptar medidas precipitadas para conseguir un objetivo deseado con muchas ansias. El Congreso no está habilitado ni por la Constitución ni por las leyes para autorizar el inicio de una investigación preparatoria”, explicó.

Es decir -insistió Cairo- si el Congreso admite a trámite ya estaría infligiendo la Constitución. Pero si aprueba lo que pide la fiscal y le autoriza pasar a investigación preparatoria, el Congreso estaría incurriendo en una infracción constitucional. ¿Pero qué ocurriría? Que termina la investigación preparatoria y, como el artículo 117 no permite acusar, allí se detiene -indicó-.

 OPINA JULIO SCHIAPPA

A su turno, el analista político Julio Schiappa sostuvo que existe un problema político. Que, según su interpretación política, se trataría de una invasión de fueros. “Es decir, si se plantea que sea el Congreso quien tome la decisión que debía tomar la fiscalía, y no tiene ley para hacerlo, cómo lo puede hacer el Congreso que es un poder diferenciado de la fiscalía”, señaló.

Primer tema, añadió Schiappa, que creo es delicado y que Omar Cairo hace la referencia desde el punto de vista constitucional que hay un impedimento allí, acotó.

Sin embargo, Omar Cairo fue preciso en señalar que si la fiscal pretende iniciarla y cree que está impedida, tendría que pedirla un juez. “Y si hay alguna norma legal que dice que no se puede por el artículo 117, el juez sí puede interpretar este artículo. Y si hay una norma legal que impide la investigación preparatoria el juez puede decir que la norma es inconstitucional”, sentenció Omar Cairo.

“El juez sí puede replicar una norma por inconstitucional. El Congreso no puede hacerlo. Lo que se está haciendo es transitar el camino más complicado, más lleno de puntos de apoyo, endebles, que convertirían en una víctima al presidente de la República, si por esta causa, es destituido o es procesado”, concluyó el constitucionalista.



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