Cairo explicó que el procedimiento para vacar es el juicio político y la causal es la infracción a la Constitución
El constitucionalista, Omar Cairo, dijo que el procedimiento para destituir al presidente de la República es el juicio político y la causal por la cual se le puede destituir es la infracción a la Constitución. La vacancia por incapacidad moral, como todas las vacancias, son situaciones que se producen, no que el Congreso impone, detalló.
“La vacancia no es un castigo, por eso el artículo 113 dice: “la presidencia de la República vaca”. No dice que el Congreso destituye con la vacancia. Y no es un castigo porque contempla situaciones objetivas, una de las cuales es la incapacidad moral, entendida como incapacidad mental que le impide al presidente continuar en el ejercicio del cargo”, arguyó.
Citó una expresión del excandidato presidencial Rafael López Aliaga usada como argumento para la vacancia. Apuntaba a demostrar que el presidente está incurso en algún tipo de incapacidad que le impedía ejercer la presidencia. “Y decía que era una incapacidad antropológica”, agregó.
“Y digo es lamentable porque él [Rafael López Aliaga] decía lo siguiente: “está muy bien de profesor de primaria, de dirigente, de campesino, pero no para dirigir un país”. Es decir, hay variantes antropológicas, variantes de seres humanos que pueden gobernar y otras variantes que no. Castillo está en ese grupo”, apuntó.
Omar Cairo opinó que pretender eso es realmente terrible desde el punto de vista constitucional de la igualdad. Pero por lo menos, prosiguió, indicaba que ya se estaba descartando la vacancia como sanción. Ya se pretendía decir que Castillo está descalificado por sus características antropológicas. Lo cual es pésimo. Pero se está, por lo menos, dejando de considerar como un castigo [la vacancia].
“Bueno, se ha regresado hoy día a la figura de la vacancia como castigo, porque se le acusa de infracciones constitucionales y se dice que por eso Pedro Castillo debe salir del cargo”, comentó.
De otro lado, Cairo admitió que el Tribunal Constitucional (TC) no se pronunció sobre la vacancia. Sin embargo, considera necesario dejar de utilizar la sentencia del TC como fetiche. “Si el TC no dice qué cosa es un Congreso, entonces no se sabe qué es un Congreso. El Congreso es un órgano que está dedicado a legislar y fiscalizar, aunque no lo haya dicho nunca el TC”, señaló.
En ese sentido, observó que la vacancia es una institución que consiste en que el cargo está vacío. Lo diga o no el TC porque así aparece en la Constitución y en ella no se contempla como mecanismo de castigo.
Si se va a utilizar la vacancia para castigar por infracción constitucional se está claramente suplantando al juicio político, ahondó Cairo. “¿Y por qué digo esto? Porque mucho de los cargos con los que se sustenta la vacancia son, según la propia moción, infracciones constitucionales que se le imputan al presidente”, dijo.
Se dice, por ejemplo, que ha nombrado a ministros infligiendo el artículo 44 de la Constitución. Al respecto explicó que se trata de una infracción constitucional. Por lo tanto, debería ser canalizado por juicio político. Acusado en juicio político para ser destituido.
“Si esto de nombrar a 3 ministros (Maraví, Béjar y Bellido) fuera una infracción constitucional que ameritara el juicio político por destitución, el Congreso habría sido cómplice de esta infracción a la Constitución porque dio el voto de confianza y no lo censuró. O sea, permitió que se mantuvieran en los cargos. Ellos han renunciado. Entonces, el presidente tiene 130 cómplices de una infracción a la Constitución y por eso lo quieren vacar; es decir, ya ni siquiera llevar un juicio político, si no declarar que él está incapacitado moralmente, o sea, mentalmente, para ejercer el cargo. No tiene ningún sentido”, puntualizó.