Ministerio de Vivienda promueve acceso a viviendas sociales de segundo uso para familias de bajos recursos

El Ministerio de Vivienda permitirá el uso de bonos para comprar viviendas sociales de segundo uso en regiones con poca oferta inmobiliaria. Foto: MVCS.
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) ha incorporado una nueva opción para facilitar el acceso a una Vivienda de Interés Social (VIS) en zonas del país con baja oferta inmobiliaria.
A partir de ahora, las familias de escasos recursos podrán emplear el Bono Familiar Habitacional (BFH) para adquirir viviendas de segundo uso que hayan formado parte del programa Techo Propio.
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Esta nueva medida busca ampliar el alcance del beneficio estatal, permitiendo que más peruanos accedan a un hogar digno y seguro. Para ser parte de esta modalidad, la vivienda de interés social seleccionada debe ubicarse en una región con limitada disponibilidad de proyectos habitacionales y debe haber sido parte de un conjunto inmobiliario previamente comercializado bajo el programa Techo Propio. Además, la propiedad debe haber sido adquirida por su anterior dueño con una antigüedad mayor a cinco años.
REQUISITOS PARA ACCEDER AL BENEFICIO
El nuevo reglamento de las VIS, aprobado mediante el Decreto Supremo n.° 005-2025-Vivienda, establece que el BFH será entregado únicamente a las familias que cumplan con los criterios establecidos por el programa. Uno de los aspectos más importantes es que los nuevos beneficiarios no deben tener ningún vínculo de consanguinidad con los propietarios de la vivienda que desean adquirir.
La información sobre los inmuebles que cumplen con estas condiciones será recopilada y evaluada por la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (DGPPVU), que remitirá un informe anual al Fondo Mivivienda (FMV). Posteriormente, se publicará un listado oficial con las viviendas disponibles, el cual estará al alcance de los ciudadanos interesados.
PROCEDIMIENTO PARA EL DESEMBOLSO DEL BONO
Para que el BFH pueda ser entregado al beneficiario, este deberá presentar ante el Fondo Mivivienda la escritura pública que acredite la transferencia de propiedad, junto con una copia del Certificado Registral Inmobiliario. Cabe precisar que, una vez realizada la adquisición mediante el bono, la familia beneficiaria no podrá vender ni transferir el inmueble durante un plazo mínimo de cinco años, contados desde la fecha del desembolso.
IMPULSO AL DERECHO A UNA VIVIENDA DIGNA
Con esta iniciativa, el MVCS refuerza su compromiso de seguir implementando mecanismos que amplíen las posibilidades de acceso a una vivienda adecuada, especialmente en regiones que históricamente han tenido menor cobertura de proyectos habitacionales. La propuesta no solo ofrece nuevas alternativas de vivienda, sino que también promueve un uso eficiente de los recursos del Estado, adaptándose a las necesidades reales de la población vulnerable.
Esta medida representa un avance concreto en el camino hacia el cierre de brechas habitacionales en el país, abriendo nuevas oportunidades para que más familias peruanas puedan construir un futuro más estable y seguro.
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