Día no laborable 28 de abril: conozca quienes podrán descansar en esta fecha

Foto: Andina
El Gobierno ha declarado este próximo 28 de abril día no laborable. Pero, ¿por qué y para quienes aplica esta medida? Conózcalo a continuación.
De acuerdo a un Decreto Supremo publicado en el Diario Oficial El Peruano, el feriado largo se extenderá desde el 28 de abril al 1 de mayo, esto con el fin de fomentar el turismo y la reactivación de la economía en el marco del Día Internacional de los Trabajadores.
Sin embargo, esta medida no aplicaría para todos. Para fines tributarios, estos días serán considerados hábiles en el sector público. Por lo que las horas que no se laboren durante estas fechas se compensarán en un plazo que abarca los diez días posteriores o cuando la entidad pública en cuestión lo amerite.
Respecto al sector privado, la aplicación de este feriado no laborable corresponderá al empleador y los trabajadores en mutuo acuerdo, así como la recuperación de las horas no laboradas.
Algunas empresas podrán establecer qué trabajadores estarán excluidos de este beneficio. Estas son las de los siguientes sectores: salubridad, electricidad, agua, desagüe, combustible, sepelios, telecomunicaciones, transporte, puerto y aeropuerto, seguridad y expendio de alimentos.
De igual manera, las entidades públicas bajo régimen laboral privado podrán determinar qué puestos de trabajo deberían continuar activos este día.
Puedes leer el decreto completo aquí.