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Alcalde de Amarilis investigado por peculado tras celebración de cumpleaños en la sede edil

Tras la difusión del video en redes sociales, Hidalgo aclaró que se trató de una fiesta sorpresa organizada por los trabajadores.
Huánuco

El alcalde de Amarilis, Roger Hidalgo, baila durante la celebración en la sede edil. Foto: TVPerú Noticias.

El alcalde de Amarilis, Roger Hidalgo, baila durante la celebración en la sede edil. Foto: TVPerú Noticias.
11:52 horas - Sábado, 1 Febrero 2025

El alcalde del distrito huanuqueño de Amarilis, Roger Hidalgo, es investigado por el presunto delito de peculado tras viralizarse un video en el que se le observa celebrando su cumpleaños al ritmo de una orquesta dentro de la sede municipal. Acompañado de decenas de trabajadores, la autoridad edil interrumpió sus actividades para festejar su onomástico.

Tras la difusión del video en redes sociales, Hidalgo aclaró que se trató de una fiesta sorpresa organizada por los trabajadores. "Llegué a las 8:00 a. m. y encontré una sorpresa por parte de los trabajadores, trajeron un cantante, se bailaron un par de canciones y luego todos a seguir trabajando. Los que dicen que hago uso de bienes del Estado, que se lleven una tajadita de la torta", afirmó.

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A raíz de la denuncia, la Fiscalía Especializada en Corrupción de Funcionarios de Huánuco abrió una investigación preliminar contra Hidalgo por el presunto delito de peculado de utilización, luego de recibir la denuncia de una regidora sobre la realización de la fiesta de cumpleaños en la sede del municipio distrital.

Como parte de las diligencias, el fiscal provincial Paolo Sánchez realizó una constatación en el local edil para verificar si efectivamente se organizó la fiesta durante el horario laboral.

¿QUÉ ES PECULADO?

El peculado ocurre cuando un funcionario se apropia o utiliza ilegalmente los bienes y recursos del Estado que recibe o administra. Este delito afecta al patrimonio estatal.

MODALIDADES

  • Peculado doloso: el funcionario se aprovecha de su cargo y usa o se apropia indebidamente de bienes públicos para él o un tercero.
  • Peculado culposo: se da por negligencia de un funcionario que facilita o permite que otra persona sustraiga dinero u otros bienes del Estado.

SANCIONES

  • En peculado doloso: pena privativa de libertad no menor de 4 ni mayor de 8 años, inhabilitación y de 180 a 365 días multa.
  • Con agravante (mayor a 10 UIT): pena privativa de la libertad no menor de 8 ni menor de 12 años, inhabilitación y entre 365 a 730 días multa.
  • En peculado culposo: pena privativa de libertad no mayor de 2 años y prestación de servicios comunitarios de 20 a 40 jornadas.
  • Con agravante (lo robado tenía fines asistenciales): pena privativa de libertad no menor de 3 ni mayor de 5 años y entre 150 a 230 días multa.

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