Retiro AFP: Gobierno promulga ley para retiro de fondo por S/20 600

Retiro AFP: Gobierno promulga ley para retiro de fondo por S/20 600

​​​​​​​La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones determinará el procedimiento para el retiro del dinero en un plazo que no excederá los quince días calendario.
AFP retiro de fondos

Los afiliados a las AFP podrán retirar sus fondos hasta por S/20 600. Foto:Andina.

Los afiliados a las AFP podrán retirar sus fondos hasta por S/20 600. Foto:Andina.
9:08 horas - Jueves, 18 Abril 2024

El séptimo retiro del Sistema Privado de Pensiones (AFP) ya es una realidad. El Gobierno promulgó este jueves 18 de abril la ley que autoriza dicho retiro extraordinario y facultativo, hasta por un monto de cuatro unidades impositivas tributarias (UIT) o S/20,600.

La ley, publicada en el boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano, precisa que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) determinará, mediante reglamento, el procedimiento operativo para el retiro en un plazo que no excederá de quince días calendario contados a partir de la entrada en vigor de la ley.

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La norma establece que el retiro de los fondos mantiene la condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier forma de afectación, ya sea por orden judicial o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados.

Lo señalado en el presente artículo no se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.

Además, la norma establece que las empresas del sistema financiero, incluido el Banco de la Nación, y las empresas emisoras de dinero electrónico pueden abrir cuentas, ya sea de manera masiva o individual, a nombre de beneficiarios identificados por las administradoras privadas de fondos de pensiones (AFP) que instruyen los pagos, sin necesidad de la celebración previa de un contrato ni de la aceptación por parte del titular de la cuenta.

Retiro de AFP

¿CÓMO RETIRAR SUS FONDOS DE AFP?

Según la norma, el procedimiento para el retiro extraordinario y facultativo de los fondos pensionarios sería el siguiente:

  • Los afiliados presentarán su solicitud de manera física o virtual dentro de los 90 días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de esta ley.
  • Se abonará un monto de hasta una UIT (5 150 soles) cada 30 días calendario, realizándose el primer desembolso a los 30 días calendario de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones a la que pertenezca el afiliado.
  • En el caso de que el afiliado desista de continuar retirando los fondos de su cuenta individual de capitalización (CIC), podrá solicitarlo por única vez a la administradora privada de fondos de pensiones diez días calendario antes del siguiente desembolso.


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