Estos son los alimentos con los que podrás ingresar al cine
La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi (SPC) sancionó, en última instancia administrativa, a Cineplex S.A. (Cineplanet) y Cinemark del Perú S.R.L. por no permitir a los consumidores ingresar a sus salas de cine con alimentos y/o bebidas adquiridas fuera del establecimiento comercial.
De acuerdo a los artículos 49°.1 y 50° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, esta restricción constituye una cláusula abusiva de ineficacia absolutaque limita los derechos de los consumidores.
Además, les ordenó retirar de sus salas de cine, en un plazo de 10 días hábiles, luego de haber sido notificadas, el aviso donde informan la prohibición del ingreso con alimentos y/o bebidas adquiridas fuera de su establecimiento.
¿Qué productos puedo llevar?
En su fallo, la Sala precisa que los consumidores podrán ingresar solo productos iguales y/o de similares características a los que se vendan en dichos locales.
Esto, para evitar que se ingresen a las salas de cine con productos alimenticios que, por razones de higiene, seguridad, u otros, causen un daño a la infraestructura de los locales o un perjuicio a los demás consumidores.