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Estos son los nuevos supuestos para inscripción del RUC

Nuevos supuestos para inscripción del RUC
14:31 horas - Miércoles, 3 Julio 2024

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha desarrollado nuevos supuestos, solo para inscripción de RUC.

En Más Conectados nos visitó Óscar Osorio, profesional de Servicios al contribuyente de SUNAT para explicar de qué tratan estos cambios y en qué casos aplica.

Estos son los nuevos supuestos:

  1. Aquellas personas que tienen de 5 predios a más, van a estar obligados a inscribirse a RUC. De igual manera, la copropiedad también es considerado un inmueble.
  2. Si la persona tiene acciones o participaciones en distintas empresas y, en total, superan las 100 UIT, también se debe hacer la inscripción.
  3. Si las personas han acumulado adquisiciones de bienes de más de 10 UIT en el año, con percepciones, están obligadas a inscribir tu RUC.
  4. En caso de tener intereses por ganancia de tipo de cambio en distintas actividades financieras y superan las 300 UIT, también se debe inscribir al RUC.
  5. Si se pide un préstamo en el sistema financiero que supera las 10 UIT, se debe inscribir el RUC.

¿Hasta cuándo puedo inscribir mi RUC?

La inscripción de manera voluntaria es hasta el 30 de setiembre de este año. De no hacerlo, la SUNAT inscribirá de oficio.

Mira la entrevista completa aquí:


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