Veda del camarón de río rige hasta el 31 de marzo
El Ministerio de la Producción (Produce) informó que hasta el 31 de marzo del 2015, se encuentra establecida la veda del camarón de río, y por lo tanto, se prohíbe su extracción, procesamiento, transporte, comercialización, utilización y consumo a escala nacional.
De esta manera, Produce exhorta a los pescadores, comercializadores, compradores, cocineros y a los consumidores en general, a respetar esta prohibición, para permitir que el recurso se reproduzca en el periodo de veda y garantizar así su disponibilidad en la mesa de los peruanos el resto del año.
Según el Ministerio, consumir camarón de río en el periodo de veda atenta contra el proceso de maduración del crustáceo, toda vez que, por cada cola de camarón que se ingiere se pierden unos 2,500 huevos, interrumpiendo así el ciclo vital de esta especie.
Cabe señalar que las personas naturales y jurídicas que extraigan, transporten, retengan, transformen, comercialicen o utilicen camarón de río en cualquiera de sus estados de conservación durante el período de veda, serán sancionadas conforme a lo dispuesto por la Ley General de Pesca, Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (Rispac) y demás disposiciones legales vigentes, siendo pasibles a multas estimadas en Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
(NDP)