Pleno del Congreso archiva en segunda votación reelección inmediata de alcaldes y gobernadores
Congreso no logra votos para ratificar la eliminación de movimientos regionales de la Constitución. Foto: Andina.
El Pleno del Congreso archivó, en segunda votación, la propuesta que planteaba la restitución de la reelección inmediata de alcaldes y gobernadores, así como la eliminación de los movimientos regionales. Esto, después de no alcanzar los votos necesarios, que correspondían a dos tercios del número legal de parlamentarios.
En la sesión plenaria de hoy jueves, se registraron 70 votos a favor, 30 en contra y 5 abstenciones respecto al dictamen de reforma constitucional recaído en los proyectos de ley 2027/2021-CR, 2067/2021-CR, 2225/2021-CR, 2287/2021-CR, 2303/2021-CR, 2343/2021- CR y 6375/2023-CR.
Rechazan reelección inmediata de alcaldes y gobernadores tras segunda votación. Foto: Congreso.
"El Pleno del Congreso no alcanzó los votos necesarios para aprobar, en segunda votación, la reforma constitucional que establece la reelección de alcaldes y gobernadores regionales”, anunció esta tarde Eduardo Salhuana, titular de la Mesa Directiva del Congreso.
SOBRE LA INICIATIVA ARCHIVADA
En su artículo único, la propuesta planteaba modificar los artículos 35, 191 y 194 de la Constitución Política del Perú, el cual señalaba que el gobernador regional es elegido conjuntamente con un vicegobernador regional, por sufragio directo por un período de cuatro años. El mandato de dichas autoridades es revocable, conforme a ley.
Además, podrían ser reelegidos por un solo período adicional de manera inmediata. Los miembros del Consejo Regional son elegidos en la misma forma y por igual período. El mandato de dichas autoridades es irrenunciable, con excepción de los casos previstos en la Constitución.
El dictamen también planteaba que los alcaldes y regidores son elegidos por sufragio directo, por un período de cuatro años. Podrían ser reelegidos por un solo período adicional de manera inmediata. Su mandato es revocable, conforme a ley. El mandato de alcaldes y regidores es irrenunciable, con excepción de los casos previstos en la Constitución.
Además, establecía que los ciudadanos podían ejercer sus derechos políticos de manera individual, a través de partidos políticos de alcance nacional, o mediante alianzas entre estos, según lo estipulado por la ley. En otras palabras, limitaba la participación política de los movimientos regionales.
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