JNJ: se debe calificar la probidad e idoneidad de miembros, opina Ernesto Blume
Tras la promulgación de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de justicia (JNJ), el presidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Blume, consideró que aparte de los requisitos que se han establecido para la elección de sus miembros también se debe calificar su probidad e idoneidad.
Asimismo, dijo que se debe evitar un reglamentarismo excesivo porque terminaría desalentando a eventuales buenos candidatos cuando lo que se quiere es generar lo contrario. “Tengo fe que vamos a hacer los esfuerzos para brindarle al Perú una suerte de colegiado de lujo que sea lo suficientemente hábil y capaz para renovar el Poder Judicial, renovar el Ministerio Público y darnos una administración de justicia y un servicio del propio MP a la altura de las circunstancias”, señaló.
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Ernesto Blume sostuvo que la promulgación de la Ley Orgánica de la JNJ constituye un avance importantísimo en el marco de la lucha contra la corrupción para mejorar el servicio de justicia. Acotó que si bien esta cruzada es vital y fundamental para la salud de la República, debe darse en el marco de la Constitución.
“Si no la experiencia va a ser negativa porque vamos a tener que estar retrotrayendo procesos que empezaron mal, por eso hagamos las cosas bien desde ahora y hagamos una lucha anticorrupción pero que no avasalle derechos”, precisó en Cara a Cara.
En tal sentido, recordó que el 2017 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos emitió un informe en el que daba cuenta de un abuso de la prisión preventiva en los estados miembros de la Organización de Estados Americanos.
Sobre ese tema en particular, remarcó que seguir el criterio del Tribunal Constitucional no es opcional para jueces o fiscales, sino que deben hacerlo como lo establece el artículo sexto del Código Procesal Constitucional.