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Oficializan levantamiento de inmovilización social obligatoria de los domingos

Sin embargo, tiene algunas restricciones como la prohibición de circulación de vehículos particulares y no está habilitada para las regiones y provincias que continúan en cuarentena.
9:24 horas - Jueves, 17 Septiembre 2020

El Gobierno oficializó el decreto supremo que levanta la inmovilización social obligatoria de los domingos. Sin embargo, tiene algunas restricciones como la prohibición de circulación de vehículos particulares.

Según el dispositivo legal, publicado en el Boletín de Normas Legales del diario oficial 'El Peruano', la medida rige desde el domingo 20 de setiembre.

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También dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios que regirá desde el lunes 21 de setiembre de 2020, desde las 11:00 P. M. hasta las 04:00 A. M. del día siguiente.

Sin embargo, en las 4 regiones y 25 provincias que continúan en cuarentena la inmovilización en sus domicilios rige de lunes a sábado desde las 8:00 P. M. hasta las 04:00 A. M. del día siguiente, y los días domingo durante todo el día hasta las 4:00 A. M. del día siguiente.

Se exceptúa en la inmovilización al personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros, servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery), la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles.

También telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas, actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas, transporte de caudales (según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones).

Asimismo, se precisa que las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, se encuentran prohibidas, por razones de salud y a efecto de evitar el incremento de los contagios a consecuencia del COVID-19.

Puedes ver el decreto supremo completo AQUÍ



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