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Aprueban Política Nacional Multisectorial para la Pequeña Minería y Minería Artesanal al 2030

MINEM tiene a su cargo el seguimiento y evaluación, y será de cumplimiento obligatorio para entidades de sectores público y privado, así como de la sociedad civil.

MINEM

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14:30 horas - Viernes, 25 Noviembre 2022

El Poder Ejecutivo aprobó la Política Nacional Multisectorial para la Pequeña Minería y Minería Artesanal al 2030, mediante el Decreto Supremo N° 016-2022-EM, publicado en el diario oficial El Peruano, la cual se constituye como el instrumento que orienta a largo plazo el accionar del Estado en materia de la mencionada actividad.

La norma indica que la Política Nacional Multisectorial para la Pequeña Minería y Minería Artesanal al 2030, es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los sectores público y privado, así como de la sociedad civil.

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De esta manera, las entidades en todos los niveles de gobierno, en el marco de sus competencias y funciones, deben asumir sus obligaciones y responsabilidades, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales.

El dispositivo legal, publicado hoy, señala que el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) conduce la Política Nacional Multisectorial para la Pequeña Minería y Minería Artesanal al 2030, además de que tendrá a su cargo el seguimiento y la evaluación.

Dicho proceso de seguimiento y evaluación se realiza de conformidad con los lineamientos y metodologías que establece el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), y aquellas que el Ministerio de Energía y Minas considere pertinentes.

Las entidades del Estado responsables de los objetivos prioritarios de la Política Nacional Multisectorial para la Pequeña Minería y Minería Artesanal al 2030, están a cargo de su implementación y ejecución, conforme a sus atribuciones y competencias. 

Asimismo, estipula que el MINEM establece el mecanismo de coordinación con dichas entidades para la implementación de los servicios identificados y otras intervenciones que contribuyan al cumplimiento de los objetivos prioritarios de la referida política.

La implementación de las medidas y acciones asociadas a la recién aprobada política, se financia con cargo al Presupuesto Institucional de los pliegos correspondientes, considerando las competencias asignadas a cada entidad, conforme a las leyes anuales de presupuesto del Sector Público.

El presente decreto supremo está firmado por el presidente Pedro Castillo y los ministros de Energía y Minas, Alessandra G. Herrera Jara; de Economía y Finanzas, Kurt Burneo; de Ambiente, Wilbert Rozas; de Desarrollo Agrario y Riego; de Jenny Ocampo; de Trabajo y Promoción del Empleo, Alejandro Salas; de Salud, Kelly Portalatino; del Interior, Willy Huerta; de Producción, Jorge Prado; de Desarrollo e Inclusión Social, Dina Boluarte; y de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Claudia Dávila.



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