¿Se puede acceder a una indemnización cuando fallece una persona?

¿Cuál es el procedimiento a seguir en caso de la muerte de algún familiar? Gabriel Bustamante, especialista en cobro de seguros, nos explica cómo revisar si tenemos derecho a algún beneficio económico por parte de un seguro o si nuestro pariente dejó alguna cuenta o propiedad en secreto.
El letrado dijo que la mayoría de veces este beneficio es omitido ya que “cuando la persona pasa el luto” no tiene en cuenta los derechos indemnizatorios; por ello, aconsejó leer las cláusulas de los seguros ya que la muerte del contratante podría hacer al deudo acreedor de un dinero extra.
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Asimismo, pidió a las aseguradoras difundir los derechos a los que un deudo tiene. El especialista también recordó a los trabajadores que si están en una empresa por más de 4 años, ellos tienen acceso a un seguro de vida ley y esta póliza tiene una cobertura de 16 veces tu sueldo si falleces por causas naturales y 32 veces tu sueldo si por causas accidentales.
“Cada pasajero en el Perú vale al menos 30 o 35 mil dólares solamente en muerte más otras coberturas de sepelio”, señaló Gabriel Bustamante, quien invitó a los trabajadores a conocer qué incluye el 13% que les descuenta mensualmente la AFP.
Bustamante Sánchez también dijo que en caso de cualquier trámite, es importante contar con el acta de defunción, la misma que deberá ser llevada a la Superintendencia de Banca y Seguros, y en un plazo de 15 días, el consultante podrá saber a qué compañía estaba afiliada la víctima.