Locales

¿Se puede acceder a una indemnización cuando fallece una persona?

El especialista en cobro de seguros, Gabriel Bustamante, aseguró que existen indemnizaciones que un deudo puede cobrar y que las aseguradoras no mencionan.
9:59 horas - Lunes, 19 Noviembre 2018

¿Cuál es el procedimiento a seguir en caso de la muerte de algún familiar? Gabriel Bustamante, especialista en cobro de seguros, nos explica cómo revisar si tenemos derecho a algún beneficio económico por parte de un seguro o si nuestro pariente dejó alguna cuenta o propiedad en secreto.

El letrado dijo que la mayoría de veces este beneficio es omitido ya que “cuando la persona pasa el luto” no tiene en cuenta los derechos indemnizatorios; por ello, aconsejó leer las cláusulas de los seguros ya que la muerte del contratante podría hacer al deudo acreedor de un dinero extra.

[Lee más: Sunass: ¿Cómo hacer un reclamo formal por cobro excesivo del agua?]

Asimismo, pidió a las aseguradoras difundir los derechos a los que un deudo tiene. El especialista también recordó a los trabajadores que si están en una empresa por más de 4 años, ellos tienen acceso a un seguro de vida ley y esta póliza tiene una cobertura de 16 veces tu sueldo si falleces por causas naturales y 32 veces tu sueldo si por causas accidentales.

“Cada pasajero en el Perú vale al menos 30 o 35 mil dólares solamente en muerte más otras coberturas de sepelio”, señaló Gabriel Bustamante, quien invitó a los trabajadores a conocer qué incluye el 13% que les descuenta mensualmente la AFP.

Bustamante Sánchez también dijo que en caso de cualquier trámite, es importante contar con el acta de defunción, la misma que deberá ser llevada a la Superintendencia de Banca y Seguros, y en un plazo de 15 días, el consultante podrá saber a qué compañía estaba afiliada la víctima.



Las más leídas

Lo último

Más noticias de Locales

Peruano opina