Elecciones 2016

Experto en derecho electoral: Candidatos no pueden quejarse de afectación al debido proceso

16:39 horas - Viernes, 4 Marzo 2016

El experto en derecho electoral Jorge Jáuregui consideró que César Acuña y Julio Guzmán no pueden quejarse de afectación al debido proceso por parte de los organismos electorales pues se están agotando todas las etapas de sus respectivos procesos.

Sobre el caso del líder de Todos por el Perú (TPP) señaló que para un pronunciamiento de fondo solo queda la instancia de una apelación ante el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y sostuvo que un recurso extraordinario ya no es un pronunciamiento sobre el fondo, sino sobre si se afectó al debido proceso o no.

En ese aspecto acotó que nadie podría quejarse de que se están agotando las etapas e instancias a tal punto que el proceso se torna muy lento.

Asimismo añadió que la posibilidad recurrir al Poder Judicial o a una instancia distinta al JNE es absolutamente inviable desde el punto de vista jurídico y constitucional. “El JNE tiene un mandato constitucional para resolver en última instancia en lo que es materia electoral”, indicó.

Respecto al tema de fondo del caso de TPP, Jáuregui refirió que el razonamiento del JNE es cerrado y claro. “Son nulos todos los actos de democracia interna que haya desarrollado este Tribunal Nacional Electoral en tanto no haya sido inscrito conforme manda la norma en el registro de organizaciones políticas”, agregó.

En lo que concierne a la exclusión de Acuña del proceso electoral, mencionó que es un contrasentido decir que la nueva Ley de Partidos Políticos no está vigente y que no se aplica.

“Ya está publicada (la nueva Ley de Partidos Políticos) el 17 de enero del presente año. Es decir es aplicable desde el 18 de enero […] En el marco legal no hay ningún argumento consistente para decir que esta ley no es aplicable”, anotó.

Dijo también que es “absolutamente antidemocrático” trasladar el debate de ideas y de programas de gobierno a la entrega de dinero.

“Yo no sé qué argumentos se puede convocar para justificar esa conducta que es universalmente cuestionada. Eso se llama clientelismo político, le das plata para que alguien incline su preferencia por mi posición”, declaró.

Por último, aclaró que se considera candidato al ciudadano desde el momento en el que el proceso de democracia interna le asigna tal condición. “Están confundiendo la categoría jurídica del candidato que establece la ley de partidos del candidato inscrito que es una categoría distinta”, subrayó.



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