Economía

Gobierno amplía formalización minera integral hasta 2026

La norma establece la realización de un censo nacional de la pequeña minería y minería artesanal.

El Gobierno amplió la vigencia del proceso de formalización minera integral hasta el 31 de diciembre de 2026. Foto: difusión.

El Gobierno amplió la vigencia del proceso de formalización minera integral hasta el 31 de diciembre de 2026. Foto: difusión.
11:30 horas - Viernes, 26 Diciembre 2025

El Gobierno promulgó la Ley que modifica el Decreto Legislativo 1293, ampliando la vigencia del proceso de formalización minera integral hasta el 31 de diciembre de 2026 o hasta la entrada en vigor de la Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE), lo que ocurra primero.

Durante dicho periodo, el Ministerio de Energía y Minas, en coordinación con los gobiernos regionales y demás instituciones competentes, implementará acciones normativas, administrativas y operativas orientadas a la simplificación de los procedimientos y al acompañamiento técnico de los operadores mineros, así como a la supervisión del cumplimiento ambiental y social.

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La norma establece la realización de un censo nacional de la pequeña minería y minería artesanal. El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), en coordinación con el Ministerio de Energía y Minas (Minem) y el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET), realizará el censo, que deberá iniciarse dentro de un plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley y concluirse en un periodo no mayor de doce meses.

Además, los titulares inscritos en el Reinfo deben realizar un proceso de sinceramiento de la ubicación real de sus operaciones en un plazo máximo de ciento veinte días calendario desde la entrada en vigor de la ley. Este proceso se efectuará exclusivamente a través de la Ventanilla Única de Formalización Minera del Ministerio de Energía y Minas.

EJECUTIVO ACTUALIZARÁ REGLAMENTO DEL REINFO

El Poder Ejecutivo adecuará el Reglamento del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) y emitirá las disposiciones complementarias necesarias en un plazo no mayor de sesenta días.

Los gobiernos regionales tienen un plazo máximo de sesenta días calendario para transferir al Minem la totalidad del acervo documentario vinculado al proceso de formalización minera integral.

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) deberá, en un plazo no mayor de sesenta días calendario, verificar que los titulares inscritos en el Reinfo cumplan con la incorporación de sus trabajadores en planilla, conforme a la normativa laboral vigente.

El Poder Ejecutivo presentará un proyecto de ley al Congreso referido al régimen excepcional de tributación de la pequeña minería y minería artesanal en un plazo de sesenta días.

Además, se modifica el artículo 11 del Decreto Legislativo 1107 para establecer medidas de control y fiscalización en la distribución, transporte y comercialización de maquinarias y equipos que puedan ser utilizados en la minería ilegal, así como del producto minero obtenido en dicha actividad.

Según la norma, el adquirente de productos mineros deberá verificar el origen y la documentación del mineral, incluyendo RUC, Código Único de Concesión, autorizaciones y otros registros vigentes.

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