Economía

Conoce los detalles de la gratificación de julio en tiempos de pandemia

Además, según lo señalado en la Ley de Gratificaciones, no se puede posponer este pago.
15:34 horas - Martes, 7 Julio 2020

En una entrevista con TVPerú Edición Matinal, el Dr. Germán Lora, abogado laboralista, dio algunas respuestas a las interrogantes con respecto a los pagos de las gratificaciones correspondientes al mes de julio, en el marco de la crisis por la pandemia.

En el caso de las empresas que tienen trabajadores que han realizado trabajo remoto, independientemente si lo siguen haciendo o si han ido a trabajar de manera presencial, estos tienen derecho a recibir el integro de la gratificación, pues han seguido laborando.

[Lee también: Europa confirmará este martes apertura de fronteras para países de comunidad]

Los trabajadores que hayan estado de licencia con goce de haber (que posteriormente compensará las horas trabajadas), también tiene derecho a este abono.

En el caso de las personas que acordaron con sus empresas la licencia sin goce de haber o entraron en un proceso de suspensión perfecta de labores, los días que de no trabajo serán descontados del monto a cancelar, pues no se cuentan cómo días laborados.

Para el caso de los trabajadores que estuvieron en suspensión perfecta solicitada por el empleador, y que esta haya sido denegada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), se entiende como que el trabajador continuó con sus labores, por lo tanto, el monto entraría al cálculo de la gratificación. Cabe señalar que esta medida, supone un reintegro del monto adeudado al empleador (sueldo no pagado).

En los casos que exista un acuerdo, entre empleador y empleado para una reducción de sueldo, es importante saber cuál es la remuneración al 30 de junio, pues en base a ese monto se calculará la gratificación.

Además, menciona que la ley N° 27735, ‘Ley que Regula el Otorgamiento de las Gratificaciones para los Trabajadores del Régimen de la Actividad Privada por Fiestas Patrias y Navidad’, es expresa en mencionar que queda nulo cualquier acuerdo para posponer el pago de la gratificación.

[Lee también: Trabajadores podrán denunciar a empleadores que incumplen normas sanitarias]

Para los casos de empresas que decidan poner fin a sus operaciones, estas entrarán en un proceso de liquidación, siendo las deudas laborales, las primeras en ser canceladas, para lo cual el trabajador debería esperar la liquidación. Por tal motivo, el trabajador deberá hacer una solicitud de prelación para la deuda laboral, así como también hacer un seguimiento del proceso de liquidación respectivo.

Los practicantes no están sujetos al derecho de gratificación como tal, ya que tienen un beneficio de subvención el cual se otorga cada seis meses y corresponde al medio monto a cancelar, al igual que los trabajadores del hogar.

Además, el Dr. Lora mencionó que para los casos en los cuales no se cumpla con este derecho, el trabajador puede acudir a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), para hacer las denuncias respectivas, sin embargo, advirtió que dicha entidad se encuentra con excesivas solicitudes de suspensión perfecta. “Los procesos de suspensión perfecta antes eran 50 al año, ahora son aproximadamente 29 mil”, puntualizó.



Las más leídas

Lo último

Más noticias de Economía

Peruano opina