Economía

Aguinaldo por Fiestas Patrias 2025 para el sector público será 300 soles

Asimismo, se dispuso que los internos de Medicina Humana y de Odontología reciban, por concepto de aguinaldo, la suma de 100 soles.
Aguinaldo

El monto del aguinaldo por Fiestas Patrias es de 300 soles. Foto: Andina.

El monto del aguinaldo por Fiestas Patrias es de 300 soles. Foto: Andina.
10:30 horas - Miércoles, 9 Julio 2025

El Ejecutivo publicó este miércoles el Decreto Supremo n.º 139-2025-EF, que establece disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del aguinaldo por Fiestas Patrias 2025, fijado en 300 soles.

El decreto, publicado en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano, tiene por objeto establecer las disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del aguinaldo por Fiestas Patrias, el cual se abona, por única vez, en la planilla del mes de julio de 2025.

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¿A QUIÉNES SE OTORGA EL AGUINALDO?

El aguinaldo se otorga a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo los siguientes regímenes:

  • Decreto Legislativo n.º 276
  • Ley n.º 29944 (Reforma Magisterial)
  • Ley n.º 30512 (Carrera Pública Docente)
  • Docentes universitarios (Ley n.º 30220)
  • Personal de salud (D.L. n.º 1153)
  • Obreros permanentes y eventuales del sector público
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú
  • Pensionistas del Estado bajo distintos regímenes legales
  • Trabajadores CAS (D.L. n.º 1057)
  • Servidores del régimen del Servicio Civil (Ley n.º 30057)

Asimismo, según el decreto, los internos de Medicina Humana y de Odontología recibirán, por concepto de aguinaldo, la suma de 100 soles.

SOBRE EL FINANCIAMIENTO

La norma precisa que el aguinaldo por Fiestas Patrias se financia con cargo al presupuesto institucional de cada entidad pública. En el caso de los gobiernos locales, el financiamiento se realiza con cargo a sus ingresos corrientes, en función de la disponibilidad de recursos.

Además, se establece que las entidades públicas que financian sus planillas con fuentes distintas a los Recursos Ordinarios, también otorgarán el aguinaldo, de acuerdo con la disponibilidad de sus recursos.

REQUISITOS PARA LA PERCEPCIÓN

Para recibir el aguinaldo, el personal debe cumplir con los siguientes requisitos:

Estar laborando al 30 de junio de 2025, o encontrarse en uso de descanso vacacional, licencia con goce de remuneraciones, o percibiendo subsidios conforme a ley.

Tener una antigüedad mínima de tres (3) meses al 30 de junio. Si no se cumple con este requisito, el aguinaldo se abonará de forma proporcional a los meses y días trabajados.

Los funcionarios, servidores y pensionistas de la administración pública recibirán el aguinaldo en una sola entidad pública, siendo esta la que abona el mayor ingreso.

Para los servidores con jornada laboral parcial o incompleta, el aguinaldo se otorga de manera proporcional.

En caso de pensión por sobrevivencia con varios beneficiarios, el monto se distribuye proporcionalmente entre ellos.

RÉGIMEN LABORAL DE LA ACTIVIDAD PRIVADA

Los trabajadores del sector público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada se sujetan a lo establecido en la Ley n.º 27735, la cual regula el otorgamiento de gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, para la percepción de la gratificación correspondiente por Fiestas Patrias.

Asimismo, no están comprendidas en esta disposición las entidades sujetas al régimen laboral de la actividad privada que, por mandato legal o negociación colectiva, vienen otorgando montos por concepto de gratificación, con igual o diferente denominación, bajo responsabilidad del jefe de la Oficina de Administración o quien haga sus veces.

APORTACIONES, CONTRIBUCIONES Y DESCUENTOS

El aguinaldo por Fiestas Patrias no se encuentra sujeto a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna, excepto aquellos otros descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador.

El Ministerio de Economía y Finanzas podrá dictar medidas complementarias para la adecuada aplicación del decreto.

La norma lleva la firma de la presidenta de la república, Dina Boluarte, y del Ministro de Economía y Finanzas, Raúl Pérez Reyes.

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