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ONPE: Conoce en qué casos se puede justificar una inasistencia como miembro de mesa

15:27 horas - Jueves, 2 Agosto 2018

Ser miembro de mesa es un deber que se debe cumplir de manera obligatoria. Los miembros de mesa son elegidos mediante un sorteo que realiza las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE). Sin embargo, ¿Qué sucede cuando el ciudadano elegido no puede cumplir este deber? La persona debe pagar una multa salvo algunas motivaciones para excusar o justificar la inasistencia.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) distingue dos trámites para estos casos especiales que se realizan ante la ODPE de la jurisdicción donde votan los electorales.

Excusas

Estas se presenta cuando existen:

- Grave impedimento físico o mental

- Necesidad de viajar al extranjero

- Ser mayor de setenta (70) años 

- Para los ciudadanos que son incompatibles para el ejercicio de esta función, de acuerdo a la Ley Orgánica de Elecciones.

La justificación

Los miembros de mesa –titulares y suplentes- además pueden justificar el incumplimiento del ejercicio de la función por:

-Enfermedad debidamente acreditada con el certificado expedido por el área de salud, y a falta de este por el médico de la localidad.

Los plazos

Los ciudadanos pueden solicitar una excusa hasta cinco días después de publicarse la lista definitiva de los miembros de mesa –titulares y suplentes- con los documentos que sustenten su pedido. La fecha es distinta en cada ODPE, porque debe culminarse primero el periodo de tachas.

Las justificaciones, en tanto, se puede presentar hasta los cinco días naturales previos al proceso electoral convocado para el 7 de octubre, ante la ODPE, con el certificado de salud. Excepcionalmente, el día siguiente de la elección ante el Jurado Electoral Especial.

Foto: Diario Correo


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