Hoy inicia el vencimiento para presentar la Declaración Anual Renta 2019
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Luego de cuatro meses de postergación, se inicia el cronograma final de presentación de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2019 para las personas naturales y las micro, pequeña y medianas empresas con ingresos de hasta 21 millones de soles, a excepción de los Principales Contribuyentes (Pricos).
A la fecha, más del 56 % del total de contribuyentes que deben presentar la Declaración Anual Renta 2019 ya cumplieron con esta obligación. Entre ellos figuran las grandes empresas y los Pricos, quedando por declarar solo un porcentaje de las personas naturales y de las micro, pequeñas y medianas empresas.
Las personas naturales deben presentar su declaración utilizando el Formulario Virtual N° 709; mientras que las empresas deben completar el Formulario Virtual N° 710. Ambos registros están disponibles en Sunat Operaciones en Línea - SOL. En caso se determine un impuesto por pagar este podrá ser cancelado por medios virtuales o solicitar el fraccionamiento de la deuda generada.
Las personas naturales obligadas a presentar la Declaración de Renta 2019 son aquellas que:
- Determinen un importe a pagar.
- Hubieran percibido exclusivamente Rentas de Quinta Categoría (trabajadores en planilla) y determinen un saldo a favor por la deducción de gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.
- Que perciben Rentas de Cuarta (trabajadores independientes) y/o Quinta Categorías (trabajadores en planilla) y rentas de fuente extranjera que tengan un saldo a favor del Impuesto a la Renta.
- Que hubieran percibido Rentas de Cuarta y/o Quinta Categoría que atribuyan gastos por arrendamiento a sus cónyuges o concubinos; y quienes determinen un saldo por pagar por rentas de primera, segunda y rentas del trabajo y/o rentas de fuente extranjera.
- Que arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto y/o hayan aplicado dichos saldos, de corresponder, contra los pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría.
En el caso de las empresas, deben presentar la Declaración Anual los contribuyentes del Régimen General y del Régimen Mype Tributario que hubieran generado rentas o pérdidas en el ejercicio 2019.
La presentación de la Declaración Anual de Impuesto a la Renta 2019 para este grupo de contribuyentes, se realizará acuerdo con el último dígito de su RUC, teniendo en cuenta las fechas máximas del siguiente cronograma:
Último dígito del RUC | Fecha de vencimiento |
0 | 21 de julio de 2020 |
1 | 22 de julio de 2020 |
2 | 23 de julio de 2020 |
3 | 24 de julio de 2020 |
4 | 30 de julio de 2020 |
5 | 31 de julio de 2020 |
6 | 3 de agosto de 2020 |
7 | 4 de agosto de 2020 |
8 | 5 de agosto de 2020 |
9 | 6 de agosto de 2020 |
Buenos contribuyentes y sujetos no obligados a incribirse en el RUC | 7 de agosto de 2020 |
Como se recuerda, el cronograma de declaración y pago estaba inicialmente programado entre el 25 de marzo al 8 de abril, pero fue aplazado con la finalidad de dar mayor liquidez a los contribuyentes para afrontar el impacto económico de la cuarentena.