PJ: difundir conversaciones privadas en medios de comunicación o redes puede ser sancionado con cárcel
Difundir conversaciones de contenido íntimo que no tienen utilidad, interés o relevancia pública a través de medios de comunicación masivos o redes sociales configura delito contra la intimidad y podría ser sancionado hasta con cuatro años de cárcel efectiva y con penas accesorias de multas.
05-05-2023 | 17:51:00