Tribunal Constitucional declaró inconstitucional ley que permite el retiro de aportes de la ONP
Por unanimidad, el Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda de inconstitucionalidad planteada por el Poder Ejecutivo contra la Ley 31083, que establece un régimen especial facultativo de devolución de los aportes para los aportantes activos e inactivos bajo el Decreto Ley 19990, administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
El Tribunal no encontró vicios de inconstitucionalidad formal en el procedimiento legislativo de dicha ley. Sin embargo, sí encontró vicios de inconstitucionalidad material en lo relacionado a la intangibilidad de los fondos de pensiones, la sostenibilidad financiera de las modificaciones a los regímenes pensionarios, la administración de la hacienda pública como competencia del Poder Ejecutivo y la prohibición de crear o aumentar gasto que tienen los congresistas, y el principio de equilibrio y estabilidad presupuestaria.
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En tanto que la sentencia no tiene efectos retroactivos, sin embargo, el Tribunal señaló que no cabe ordenar la devolución de la retribución extraordinaria otorgada a los pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones en virtud de la autorización presupuestaria efectuada por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto de Urgencia 137-2020.
"TC declaró por unanimidad inconstitucional la Ley N° 31083 que autoriza el retiro de aportes de la ONP", escribió la institución a través de sus redes sociales.
📢 TC declaró por unanimidad inconstitucional la Ley N° 31083 que autoriza el retiro de aportes de la ONP. pic.twitter.com/qyjWPIlcsH
— Tribunal Constitucional del Perú (@TC_Peru) February 4, 2021