Subcomisión de Acusaciones aprobó acusar e inhabilitar por 10 años a miembros de la JNJ
Elizabeth Medina y Álex Paredes del Bloque Magisterial votaron en contra de la acusación contra la JNJ. Foto: JNJ
La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC), presidida por la congresista Lady Camones Soriano (APP), aprobó la propuesta de informe final que plantea acusar a los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por infracción a la Constitución y su inhabilitación para ejercer la función pública durante 10 años. El informe fue respaldado con 14 votos a favor, 4 en contra y 2 abstenciones.
Los votos a favor de la propuesta de inhabilitar a los magistrados de la JNJ fueron de Fuerza Popular (5), Renovación Popular (2), Perú Libre (2), APP (2), Avanza País (2), Somos Perú (1). Los votos en contra fueron de Cambio Democrático-Juntos por el Perú (2), Podemos (1), Perú Bicentenario (1). Mientras que, las abstenciones fueron de Elizabeth Medina y Álex Paredes del Bloque Magisterial.
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La propuesta de informe final deberá se debatido por la Comisión Permanente del Congreso. Posteriormente, pasará al pleno, donde se tomará la decisión final tras escuchar los descargos y argumentos de defensa de los miembros de la Junta Nacional de Justicia.
LOS ARGUMENTOS DE ESDRÁS MEDRANO
La propuesta de informe final, presentada por el congresista Esdras Medina Minaya (Unidad y Diálogo Parlamentario), deriva de la Denuncia Civil 373 presentada por el congresista Jorge Montoya Manrique contra los integrantes de la JNJ (Imelda Tumialán Pinto, Aldo Vásquez Ríos, Henry Ávila Herrera, Antonio De La Haza Barrantes, Guillermo Thornberry Villarán y María Zavala), alega presunta infracción de los artículos 156, inciso 3, y 139, inciso 3, de la Constitución Política.
Esta acusación se basa en el caso de la magistrada Inés Tello de Ñecco, quien habría infringido el artículo 156, inciso 3 de la Constitución, que establece como requisito para ser miembro de la JNJ tener entre 45 y 75 años.
El congresista Esdras Medina Minaya respaldó la acusación argumentando que la facultad de "acusar" a los miembros de la JNJ se sustenta en el Artículo 100° de la Constitución, que otorga al Congreso la capacidad de suspender, inhabilitar por hasta 10 años o destituir a un funcionario acusado, sin participación de la Comisión Permanente, "sin perjuicio de cualquiera otra responsabilidad".
RECHAZAN RECUSACIÓN CONTRA ESDRAS MEDINA
Durante la sesión, celebrada en la Sala Migue Grau Seminario del Palacio Legislativo, el congresista Esdras Medina Minaya (UyD) rechazó el pedido de recusación presentado en su contra por los integrantes de la JNJ, quienes consideraron que el parlamentario adelantó opinión respecto de las denuncias que los involucran.
El legislador consideró que la figura de la recusación no es aplicable para los procedimientos del Congreso, que son eminentemente políticos y no jurisdiccionales. Por ello, solicitó archivar el pedido de la JNJ.
El pedido de recusación fue rechazado de plano y declarado improcedente por la presidenta de la Subcomisión, Lady Camones Soriano.