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Gobierno promulga ley que permite el retiro del 100 % de la CTS

En caso de que el trabajador sea diagnosticado con una enfermedad terminal o cáncer, podrá efectuar en cualquier momento el retiro del 100 % de su depósito de CTS e intereses acumulados.
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El dispositivo precisa que el trabajador podrá efectuar retiros parciales de libre disposición con cargo a su depósito de CTS e intereses acumulados, siempre que no excedan del 50 % de los mismos. Foto: Andina.

El dispositivo precisa que el trabajador podrá efectuar retiros parciales de libre disposición con cargo a su depósito de CTS e intereses acumulados, siempre que no excedan del 50 % de los mismos. Foto: Andina.
9:30 horas - Viernes, 9 Mayo 2025

El Gobierno promulgó la ley que permite el retiro del 100 % de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta el 31 de diciembre de 2026.

“Se autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2026, a los trabajadores comprendidos en los alcances del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios (…), a disponer libremente del 100 % de los depósitos por CTS efectuados en entidades financieras y que estén acumulados a la fecha de disposición”, precisa la norma.

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El dispositivo publicado en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano precisa que el trabajador podrá efectuar retiros parciales de libre disposición con cargo a su depósito de CTS e intereses acumulados, siempre que no excedan del 50 % de los mismos.

En caso de que el trabajador sea diagnosticado con una enfermedad terminal o cáncer, debidamente acreditados ante el empleador, podrá efectuar en cualquier momento el retiro del 100 % de su depósito de CTS e intereses acumulados.

Según la norma, el Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor de treinta días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de esta ley, debe adecuar el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, así como su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo 004-97-TR.

La norma lleva la firma de la presidenta Dina Boluarte Zegarra y del titular del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén.

¿CUÁNDO SE ENTREGA LA CTS?

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es uno de los beneficios sociales que se otorgan dos veces al año, en los meses de mayo y noviembre. Su objetivo es proteger al trabajador frente a contingencias que puedan surgir como consecuencia del cese laboral. Es decir, si el trabajador es despedido, puede hacer uso de ese monto acumulado.

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