Política

Gobierno dispone medidas para garantizar la continuidad del servicio educativo

La disposición establece que, de forma temporal, las instituciones educativas de Lima Metropolitana y el Callao podrán desarrollar sus actividades bajo la modalidad remota.

Resolución Viceministerial n.° 033-2026-MINEDU establece prestación remota temporal de clases en instituciones públicas y privadas. Foto: difusión.

Resolución Viceministerial n.° 033-2026-MINEDU establece prestación remota temporal de clases en instituciones públicas y privadas. Foto: difusión.
7:50 horas - Lunes, 9 Marzo 2026

El Gobierno dispuso medidas excepcionales y temporales en el sector Educación con el objetivo de garantizar la continuidad del servicio educativo en las instituciones públicas y privadas ubicadas en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao. Esto en el marco de la emergencia energética

La disposición fue establecida mediante la Resolución Viceministerial N.° 033-2026-MINEDU, publicada en el Diario Oficial El Peruano, la cual implementa de manera temporal la modalidad remota para la prestación del servicio educativo en dichas jurisdicciones.

¿HASTA CUÁNDO DURARÁ LA MEDIDA?

La norma precisa que esta medida se aplicará hasta el 14 de marzo de 2026, con el propósito de asegurar que las actividades académicas continúen con normalidad y sin interrupciones, en el marco de la situación extraordinaria vinculada al suministro de gas natural.

De acuerdo con la resolución, las instituciones educativas deberán adoptar las acciones necesarias para garantizar el desarrollo de las clases mediante plataformas digitales u otros mecanismos de educación a distancia que permitan mantener el proceso formativo de los estudiantes.

Asimismo, señala que las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local brindarán asistencia técnica y supervisarán la correcta aplicación de estas disposiciones, a fin de asegurar la continuidad del servicio educativo en las instituciones comprendidas en la medida.

No obstante, la resolución también establece que, de manera excepcional, aquellas instituciones educativas que no cuenten con conectividad, plataformas digitales u otros medios tecnológicos podrán continuar brindando el servicio educativo de forma presencial, "siempre que ello resulte indispensable para garantizar la continuidad del proceso educativo y se adopten las medidas correspondientes para su adecuada prestación".

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