Política

Fiscalía presenta denuncia constitucional contra presidenta Dina Boluarte

Abogados advierten que denuncia constitucional no podrá ser tramitada y recién podrá ser vista cuando la presidenta Dina Boluarte deje Palacio de Gobierno.
Presidenta Dina Boluarte  Rolex

Fiscalía de la Nación presentó una denuncia constitucional contra la presidenta Dina Boluarte. Foto: Presidencia

Fiscalía de la Nación presentó una denuncia constitucional contra la presidenta Dina Boluarte. Foto: Presidencia
20:21 horas - Lunes, 27 Mayo 2024

La Fiscalía de la Nación presentó este lunes 27 de mayo una denuncia constitucional contra la presidenta de la república, Dina Boluarte, como presunta autora del delito de cohecho pasivo impropio en agravio del Estado. Esto por el caso Rolex.

"Los hechos están referidos a que la jefa de Estado habría recibido —en calidad de donación— del gobernador regional de Ayacucho, Wilfredo Oscorima, tres relojes de la marca Rolex, un par de aretes argolla de oro con diamantes y una pulsera Bangle con 94 brillantes, con el propósito de realizar actos propios de su cargo como presidenta", precisó la fiscalía.

[Lee también: Caso Rolex: Poder Judicial rechaza tutela de derechos presentada por la presidenta Dina Boluarte]

Este documento fue enviado al Congreso de la República y deberá ser recepcionado por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC). Luego, este grupo de trabajo deberá iniciar el proceso que corresponde.

Cabe precisar que, el pasado 18 de marzo, el Ministerio Público inició diligencias preliminares contra la mandataria por presunto enriquecimiento ilícito y omisión de consignar declaración en documentos por el uso de relojes Rolex.

¿QUÉ OCURRIRÁ CON LA DENUNCIA CONSTITUCIONAL?

De acuerdo con el abogado constitucionalista Heber Joel Campos, esta denuncia constitucional no podrá ser tramitada y recién podrá ser vista una vez que la presidenta Dina Boluarte deje Palacio de Gobierno.

El letrado explicó que el delito de cohecho pasivo impropio no se encuentra dentro de los supuestos que permite el artículo 117 de la Constitución Política.

De acuerdo con este artículo de la Carta Magna, "el presidente solo puede ser acusado durante su período por traición a la patria; por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; por disolver el Congreso, salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución, y por impedir su reunión o funcionamiento del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral".

CASO PEDRO CASTILLO

El abogado Heber Joel Campos recordó que, en 2022, cuando la exfiscal de la nación, Patricia Benavides, presentó una denuncia constitucional contra el expresidente Pedro Castillo, esta no pudo seguir su curso por el impedimento establecido en la Constitución.

"No se puede acusar constitucionalmente a un presidente en funciones, salvo a los supuestos que están en el artículo 117", remarcó.

No obstante, precisó que la presidenta sí puede ser investigada. "Una cosa es la investigación y otra muy diferente es la acusación constitucional", sostuvo.



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