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Fiscalía plantea inconstitucionalidad de cuatro decretos legislativos

Alcances de los referidos decretos que afectan labor de la Fiscalía fueron analizados por una comisión de expertos.
Fiscalía  decretos legislativos

Alcances de los referidos decretos que afectan labor de la Fiscalía fueron analizados por una comisión de expertos.

Alcances de los referidos decretos que afectan labor de la Fiscalía fueron analizados por una comisión de expertos.
19:36 horas - Viernes, 17 Mayo 2024

El fiscal de la nación interino, Juan Carlos Villena, anunció que se ha presentado una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra cuatro decretos legislativos, por considerar que estas vulneran las competencias del Ministerio Público. 

Se trata de los decretos legislativos 1592, 1604, 1605 y 1611. 

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Manifestó que se cumplió con la presentación de la referida demanda, luego de un análisis riguroso de los decretos expedidos en los últimos meses por el Poder Ejecutivo que estuvo a cargo de una comisión de expertos que trabajó durante cuatro meses bajo la coordinación del fiscal supremo Alcides Mario Chinchay Castillo.

“El Ejecutivo y Legislativo han promovido y dictado diversas normas que vulneran nuestras funciones constitucionales, sobre todo por ser conductores de la investigación del delito desde un inicio. Pero, además, normas que buscan nuestra forzada reorganización institucional con clara intención de afectar el estado de derecho, la institucionalidad y la verdadera democracia”, explicó.

Remarcó que los fiscales del Ministerio Público, no dejarán de cumplir con su deber de perseguir el delito, con investigaciones profesionales, objetivas, con observancia de la ley y el debido proceso.

SOBRE LOS DECRETOS LEGISLATIVOS

Decreto legislativo 1592: Referido al accionar de la Policía Nacional en la lucha contra el tráfico ilícito de drogas. Señala que la PNP también prevendrá, investigará y combatirá el TID, y sumado a ello investigará este delito en todas sus manifestaciones. Debe realizar operaciones o intervenciones en la ruta a los puertos, aeropuertos o en espacios no considerados zona primaria.

Decreto legislativo 1604: Un aspecto de la norma, se refiere a las funciones de la PNP, artículo 2, numeral 14: “Asumir y realizar la investigación del delito desde el conocimiento de la noticia criminal, comunicando al Ministerio Público en concordancia con el Código Procesal Penal y las leyes de la materia”.

El Decreto Legislativo 1605, que modifica 30 artículos del Nuevo Código Procesal Penal y permite a la PNP realizar diligencias de investigaciones preliminares por cuenta propia. Dicha norma fue publicada el pasado 21 de diciembre en el Diario Oficial El Peruano y, según la propuesta, busca optimizar el marco legal que regula la investigación del delito y la intervención de la Policía Nacional del Perú y del Ministerio Público.

Decreto legislativo 1611: Relacionado a medidas especiales de prevención e investigación del delito de extorsión y delitos conexos. Modifica el Código Penal y Código Procesal Penal. Precisa que el Ministerio Público, como titular del ejercicio público de la acción penal, asume la conducción de la investigación desde su inicio y controla jurídicamente la investigación que realiza la PNP del delito de extorsión y delitos conexos.

En tanto, la PNP, en ejercicio de la tutela del orden interno, previene, investiga y combate la delincuencia, y en materia procesal penal, realiza la investigación del delito de extorsión y delitos conexos.



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