Corte IDH ordenó al Perú abstenerse de implementar sentencia del TC restituyendo indulto humanitario a Alberto Fujimori

Andina
La Corte IDH ordenó al Estado peruano abstenerse de implementar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional (TC) restituyendo los efectos del indulto humanitario concedido al expresidente Alberto Fujimori.
En la parte resolutiva se precisa que la abstención que se solicita se debe a que no se cumplió con las condiciones determinadas en la Resolución de supervisión del cumplimiento de sentencias del 30 de mayo del 2018.
Asimismo se requiere al Estado peruano que presente a la Corte IDH a más tardar el 13 de mayo del presente año un informe sobre el cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y sancionar en lo relativo a no ejecutar la sentencia dictada por el TC en torno al caso.
Se pide también disponer que los representantes de las víctimas y la Comisión Interamericana presenten sus observaciones al informe solicitado en el punto resolutivo anterior en los plazos de cuatro a seis semanas, contadas a partir de la notificación del informe.
La Corte IDH señala que lo que resuelve se da en el ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 63.2 y 68 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como algunos artículos del Reglamento de Tribunal.