Congreso: CIDH se pronuncia sobre moción para remover a miembros de la JNJ
La CIDH se pronunció sobre la moción que solicita remover a los miembros de la JNJ. Foto: Congreso
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se pronunció este miércoles 13 de diciembre en contra de la moción que solicita al Pleno del Congreso remover a los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por haber suspendido a la fiscal de la nación, Patricia Benavides.
“Ante el anuncio de una nueva moción presentada en el Congreso para remover integrantes de la JNJ, la CIDH recuerda al Estado que todos los procedimientos que puedan resultar en la destitución de personas operadoras de justicia deben guiarse por el principio de legalidad y el debido proceso”, expresaron a través de su cuenta oficial de X (antes Twitter).
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La moción fue presentada por los congresistas Alejandro Muñante y Jorge Montoya, de Renovación Popular, con el apoyo de Rosselli Amuruz (Avanza País). El documento se ampara en el artículo 157 de la Constitución Política, que establece que los miembros de la JNJ “pueden ser removidos por causa grave".
En la un breve pronunciamiento, la CIDH remarcó que los controles políticos de la actividad de las personas operadoras de justicia, basados en criterios de discrecionalidad o razones políticas, “resultan contrarios a las garantías de independencia e imparcialidad que deben ser observadas en procesos disciplinarios”.
¿QUÉ DIJO LA JNJ?
Entre los argumentos para solicitar la remoción de la JNJ figura que han incurrido en conflicto de interés y han afectando el debido proceso en el caso de la exfiscal de la nación, suspendida de su cargo tras ser sindicada de liderar una organización criminal en el Ministerio Público.
Este último martes, la JNJ rechazó la moción presentada en el Congreso de la República. A través de un comunicado, señala que este hecho supondría un quiebre del orden democrático en el Perú y un atentado contra la legitimidad del propio Poder Legislativo, con imprevisibles consecuencias para la república.
“Para justificar el propósito señalado, se arguye la existencia de conflicto de intereses en recientes decisiones de la JNJ. La evaluación al respecto le corresponde exclusivamente al pleno del JNJ, según el artículo 17 de su Ley Orgánica y no al Congreso”, precisa el comunicado.
Para su eventual aprobación, la moción requiere el voto de los dos tercios del número legal de legisladores (87).