Congreso: APP presenta proyecto de ley que propone retiro del Perú del Pacto de San José
Congresista María Acuña (APP) presentó un proyecto de ley para autorizar el retiro del Perú del Pacto de San José. Foto: composición TVPerú Noticias.
La congresista María Grimaneza Acuña Peralta de Alianza para el Progreso (APP) presentó un proyecto de ley para autorizar el retiro del Perú de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, también llamado Pacto de San José.
Este proyecto busca autorizar a la presidencia del Perú presentar un instrumento de denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos al secretario general de la Organización de los Estados Americanos (OEA), a fin de proceder con el retiro del tratado internacional.
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Entre la motivaciones del proyecto para el retiro del Perú del Pacto de San José figura la implementación de la pena de muerte para delitos relacionados a la criminalidad. Cabe precisar que este tratado internacional impide al país ampliar la pena capital en el país.
La legisladora de APP presenta esta iniciativa lesgislativa luego de que la presidenta Dina Boluarte abriera esta semana el debate sobre la implementación de esta medida a raíz del asesinato de una menor de 12 años en Pachacámac. “Es momento de abrir el debate sobre la pena de muerte para violadores de menores”, declaró la mandataria el martes.
¿QUÉ PAÍSES ABANDONARON EL PACTO DE SAN JOSÉ?
De acuerdo con el artículo 78.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los Estados partes podrán salir de la convención "mediante un preaviso de un año".
Cabe precisar que Venezuela presentó el 10 de septiembre de 2012 un instrumento de denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos al Secretario General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) y la denuncia surtió efecto a partir del 10 de septiembre de 2013.
Asimismo, Trinidad y Tobago presentó el 26 de mayo de 1998 una denuncia ante el Secretario de la OEA. Esta denuncia surtió efecto a partir del 28 de mayo de 1999.
PENA DE MUERTE EN EL PERÚ
La pena de muerte en el Perú solo puede aplicarse "por el delito de traición a la patria en caso de guerra, y el de terrorismo, conforme a las leyes y a los tratados de los que el Perú es parte obligada", según el artículo 140 de la Constitución Política del Perú de 1993.
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