Comisión Permanente aprueba prórroga de exoneraciones del IGV hasta 2028

Comisión Permanente aprueba prórroga de exoneraciones del IGV hasta 2028. Foto: Congreso.
La Comisión Permanente del Congreso aprobó, en segunda votación, el dictamen del Proyecto de Ley 13593/2025-PE que prórroga hasta el 2028 la vigencia de la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), contempladas en los apéndices I y II de la norma.
La iniciativa obtuvo 17 votos a favor, 2 en contra y 4 abstenciones. Cabe señalar que, en una sesión previa, realizada el 17 de diciembre, el dictamen ya había sido aprobado en primera votación con 18 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones.
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Durante la sustentación, el presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, Víctor Flores Ruíz (Fuerza Popular), explicó que la medida mantendrá las exoneraciones aplicables a las operaciones contempladas en los apéndices I y II de la Ley del IGV y del Impuesto Selectivo al Consumo, con el objetivo de promover sectores productivos específicos y apoyar la reactivación económica.
La norma establece que su entrada en vigor será a partir del 1 de enero de 2026.
Según la exposición de motivos de la propuesta del Poder Ejecutivo, en el caso del Apéndice I, se trata de una la lista de bienes cuyas operaciones de venta interna o importación se encuentran exoneradas del IGV.
Esta lista comprende, principalmente, productos primarios destinados al consumo doméstico directo, insumos para el agro, insumos para la industria del tabaco, materias primas y productos intermedios para la industria textil, oro para uso no monetario, inmuebles destinados a sectores de escasos recursos, así como los vehículos automóviles a que se refiere la Ley n.° 26983, Ley sobre importación de vehículos para uso de misiones diplomáticas, consulares, oficinas de los organismos internacionales y de funcionarios de las mismas y la Ley n° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República.
Mientras que, en el caso del Apéndice II, éste contiene la lista de servicios que se encuentran exonerados del IGV. La exoneración de este tipo de operaciones se basa en razones de carácter social, cultural, de fomento a la construcción y vivienda, al ahorro e inversión en el país o de facilitación del comercio exterior.
MINUTO DE SILENCIO
Previo al inicio del debate, los integrantes de la Comisión Permanente rindieron un minuto de silencio en memoria del congresista Carlos Antonio Anderson Ramírez, recientemente fallecido.
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