Política

Colaboración eficaz: Procuraduría pide a Dina Boluarte observar proyecto de ley

Daniel Soria, procurador general, hizo pedido a Dina Boluarte al considerar que pone en riesgo la eficacia y éxito de la figura de colaboración eficaz. Indicó que los nuevos plazos son rígidos.
Procuraduría General Daniel Soria Dina Boluarte Colaboración eficaz Congreso de la República proyecto de ley observación

La Procuraduría General pidió a la presidenta Dina Boluarte observar la ley de colaboración eficaz modificada recientemente por el Congreso de la República. Foto: Composición/Andina.

La Procuraduría General pidió a la presidenta Dina Boluarte observar la ley de colaboración eficaz modificada recientemente por el Congreso de la República. Foto: Composición/Andina.
21:15 horas - Lunes, 26 Junio 2023

Daniel Soria, procurador general del Estado, solicitó a la presidenta Dina Boluarte, que evalúe observar la autógrafa del proyecto de ley número 565/2021 porque –considera- que pone en riesgo la eficacia y éxito de la colaboración eficaz, y por ende, la defensa jurídica de los intereses del Estado.

Mediante su cuenta de twitter, la Procuraduría General de la República considera que el citado proyecto aprobado en el Congreso de la República “impone plazos rígidos al procedimiento de colaboración eficaz, y con ello, pone en peligro su eficacia y utilidad para la persecución del delito”.

[Lee también: Alejandro Toledo: $6 millones del caso Ecoteva pasan a manos de Costa Rica]

CONGRESO APROBÓ MODIFICACIONES A COLABORACIÓN EFICAZ

Colaboración eficaz: Procuraduría pide a Dina Boluarte observar proyecto de ley

El viernes 23 de junio, el Pleno del Congreso aprobó la ley que condiciona y limita la colaboración eficaz en el marco de las investigaciones de la fiscalía en casos de corrupción.

Un cambio a la norma es que quienes quieran acogerse a la colaboración eficaz deberán hacerlo desde un comienzo junto a su defensa. Además, se permitirá que se grabe todo lo acontecido.

Por otro lado, se han considerado sanciones administrativas, civiles y penales contra los fiscales que no velen por la reserva del proceso de colaboración.

Así también se cambió la denominación de la persona que decida ofrecer información valiosa para las investigaciones. Dejará de llamársele “colaborador” y pasará a ser “aspirante”.

Asimismo, se modificó el tiempo para que el Ministerio Público realice sus investigaciones. Las deberá hacer en un plazo de 8 meses con una prórroga de 4 meses.

En caso se trate del delito de crimen organizado, el plazo adicional será de 8 meses.

 

 



Las más leídas

Lo último

Más noticias de Política

Peruano opina