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Caso Odebrecht: TC ordena que acuerdo de colaboración eficaz sea de acceso público

Esta decisión fue tomada tras declarar fundada la demanda interpuesta por Edward Phillip Alexander Butters Rivadeneira, quien alegó la vulneración de su derecho fundamental de acceso a la información pública.
Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional ordenó que acuerdo de colaboración entre la fiscalía y Odebrecht sea de acceso público. Foto: Andina.

El Tribunal Constitucional ordenó que acuerdo de colaboración entre la fiscalía y Odebrecht sea de acceso público. Foto: Andina.
9:57 horas - Miércoles, 18 Diciembre 2024

El Tribunal Constitucional (TC) ordenó que sea de acceso público el acuerdo de colaboración eficaz entre la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios - Equipo Especial y la Constructora Odebrecht.

La sentencia de la Segunda Sala del TC establece que la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro debe entregar, en un plazo máximo de 5 días hábiles, copias del Acuerdo de Beneficios y Colaboración Eficaz de fecha 15 de febrero de 2019 y el Acuerdo Complementario de fecha 20 de mayo de 2019 con la empresa brasileña Odebrecht.

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Además, la sentencia del Tribunal Constitucional considera que la no entrega de la información solicitada, amparándose en un reglamento inconstitucional, es violatorio del contenido constitucionalmente protegido del derecho fundamental de acceso a la información pública.

Esta decisión fue tomada tras declarar fundada la demanda interpuesta por Edward Phillip Alexander Butters Rivadeneira, quien alegó la vulneración de su derecho fundamental de acceso a la información pública.

Según la sentencia, Butters Rivadeneira presentó una demanda de hábeas data el 29 de junio de 2023 contra la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, buscando obtener una copia certificada del Acuerdo de Beneficios y Colaboración Eficaz y el acuerdo complementario celebrado entre la Fiscalía y Odebrecht.

TC

La resolución del TC también detalla que, el 23 de mayo de 2023, el demandante solicitó la información como periodista a la fiscal de la nación. Sin embargo, el 6 de junio de 2023, la Presidencia de la Junta de Fiscales respondió y rechazó su solicitud, sin justificar el rechazo conforme a las causales previstas en los artículos 15 a 17 del TUO de la Ley 27806. Debido a que no se justificó si los acuerdos constituyen información clasificada como secreta, reservada o confidencial.

Cabe señalar, que la Sala Segunda del TC, que emitió la presente sentencia, está integrada por los magistrados Gutiérrez Ticse, Domínguez Haro y Ochoa Cardich. El magistrado Domínguez Haro emitió un fundamento de voto.

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