Política

CAS: Publican ley que establece eliminación progresiva del régimen en el sector público

Respecto a los trabajadores que vienen laborando hasta el momento bajo el régimen CAS, no pueden ser despedidos, salvo que exista alguna causa justa debidamente comprobada.
9:44 horas - Martes, 9 Marzo 2021

A través de una publicación en las Normas Legales del diario El Peruano, se oficializó la Ley 31131 que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales de la Contratación Administrativa de Servicios (CAS) del sector público.

Cabe resaltar que, el 4 de febrero, el Congreso de la República aprobó por insistencia la eliminación progresiva del régimen CAS; con el objetivo de incorporar al régimen laboral la Ley de Productividad y Competitividad Laboral a los trabajadores que trabajan permanentemente en las diversas entidades del Estado.

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Asimismo, en la Resolución se detalla que se realizará en forma progresiva, “de conformidad con lo establecido en el reglamento de la presente ley, respetando la disponibilidad presupuestaria de las entidades públicas”.

Respecto a los trabajadores que vienen laborando hasta el momento bajo el régimen CAS, no pueden ser despedidos, salvo que exista alguna causa justa debidamente comprobada. Además, desde la entrada en vigencia de la presente ley hasta que se produzca la incorporación de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, los contratos administrativos de servicios son de carácter indefinido.

“A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, ninguna entidad del Estado podrá contratar personal a través del régimen especial de contratación administrativa de servicios, con excepción de aquellas contrataciones que se encontraran vigentes y que sean necesarias de renovar a efectos de no cortar el vínculo laboral de los trabajadores con vínculo vigente”, se lee en la Norma Legal.

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Los trabajadores CAS que quedan exceptuados de los alcances de la Ley 31131, son todas/os aquellos que hayan sido contratados como CAS de confianza.

La implementación de lo dispuesto se financiará con cargo al presupuesto de cada entidad pública, “autorizándoseles, además, a realizar las modificaciones presupuestales que sean necesarias para cumplir con lo dispuesto en la presente ley, sin demandar recursos al tesoro público ni afectar el gasto e inversión en material, infraestructura y demás elementos necesarios para la prestación idónea de los servicios públicos”.

Finalmente, la fiscalización de las condiciones contractuales o convencionales, así como de las condiciones legales de los trabajadores CAS, estará a cargo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), mientras dure el proceso de implementación de la presente ley.



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