Política

Ana Estrada: Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia no apelará sentencia dictada

Decisión no es pasible de impugnación alguna, porque se trata de una sentencia que no genera agravio alguno a derechos e intereses del ministerio, se precisa.
18:47 horas - Martes, 2 Marzo 2021

La Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos dio a conocer que no apelará la sentencia dictada en el caso de Ana Estrada para acceder a una muerte asistida por causa de una enfermedad degenerativa e incurable, anunció esta tarde la Procuraduría General del Estado.

Estamos frente a una decisión que procesalmente hablando no es pasible de medio impugnatorio alguno, porque se trata de una sentencia que no genera agravio alguno a los derechos e intereses del ministerio, señala el informe NN°24-2021-JUS/PPMJDH.

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Según el documento publicado por el portal LP Derecho se ordena al Ministerio de Salud (Minsa) y al Seguro Social de Salud (Essalud) respetar la decisión de la recurrente de poner fin a su vida a través del procedimiento médico de eutanasia.

Desde el punto de vista del análisis adelantado del informe, así como de la información que obra en la demanda de la Defensoría del Pueblo en beneficio de la ciudadana Ana Estrada, se identifica que existe una manifestación clara, expresa e inequívoca de dicha voluntad.

Es más, agrega el documento "se trata de una manifestación que se ha sostenido a lo largo del tiempo, como se puede verificar —por ejemplo— a partir de la lectura de su blog personal".

Asimismo expresa que la condición de la patología de Ana Estrada es irreversible, en la medida que se trata una enfermedad llamada polimiositis, de carácter incurable, degenerativa y en etapa avanzada, que deteriora progresivamente sus capacidades motoras.

En síntesis, cumpliéndose las condiciones exigentes, parece razonable sostener que se puede realizar una inaplicación de la consecuencia prevista por la norma penal prevista en el artículo 112 del Código Penal sin que ello suponga una vulneración de algún derecho o principio constitucional.

Comisión

De esta manera, EsSalud deberá formar una comisión para elaborar un plan que especifique los aspectos asistenciales y técnicos de la decisión tomada, así como un protocolo de cumplimiento de su derecho a la muerte digna y otra comisión para que cumpla con practicar la eutanasia propiamente dicha. 

El Minsa, en tanto, formará una comisión para que apruebe el plan que especifique los aspectos asistenciales y técnicos, elaborados por la comisión de EsSalud.

Lo dispuesto por el juez Jorge Ramírez Niño de Guzmán señala, además, que EsSalud deberá brindar todas las condiciones administrativas, prestacionales y sanitarias para el ejercicio del derecho a la muerte, en condiciones dignas, de Ana Estrada, a través del procedimiento de la eutanasia, en un plazo de diez días hábiles contados a partir del momento o fecha en que ella manifieste su voluntad de poner fin a su vida.



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