Ucayali: hombre sentenciado a 12 años por posesión de 38 kilos de cocaína
El sentenciado aceptó la responsabilidad penal. Foto: Corte Superior de Justicia de Ucayali.
En Ucayali, el Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Coronel Portillo condenó a 12 años y 9 meses de pena privativa de la libertad efectiva a Abel Mego Simón por venta de drogas, al encontrarlo responsable del delito de promoción al consumo ilegal de drogas tóxicas mediante actos de tráfico en su forma agravada, en perjuicio del Estado.
El imputado se acogió a la conclusión anticipada. Mego Simón aceptó su responsabilidad en la comisión de un delito de posesión de drogas, específicamente cocaína, sin la necesidad de que se presente evidencia adicional o se realice un juicio contradictorio, principio fundamental en el sistema judicial que garantiza que todas las partes involucradas en un proceso legal tengan la oportunidad de presentar sus argumentos, evidencia y contradecir las afirmaciones de la otra parte.
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ATRAPADO EN PUERTO AZUL POR POSESIÓN DE COCAÍNA
El 19 de octubre de 2022, el personal policial de la sección de Inteligencia de la División de Maniobra Contra el Tráfico Ilícito de Drogas (DIVMCTID), Huallaga, arribó a la comunidad nativa Puerto Azul, ubicada en el distrito y provincia de Padre Abad, tras recibir información confidencial.
Mientras el personal policial se desplegaba por una de las calles de la comunidad, observaron a un hombre vestido con un bivirí y short salir corriendo sin zapatos por la ventana de una vivienda. Tras intervenirlo metros más adelante, la Policía se acercó a la casa y, a través de una abertura del inmueble, vieron dos colchones, prendas de vestir, una mochila y dos costales de polietileno de diferentes colores, de donde emanaba "un olor penetrante característico al alcaloide de cocaína".
Imputado por tráfico ilícito de drogas. Foto: Corte Superior de Justicia de Ucayali.
En presencia del intervenido, las fuerzas del orden ingresaron a la vivienda y, conforme al registro domiciliario, encontraron en el interior de la mochila y los dos costales bolsas plásticas de diferentes tamaños con una sustancia pardusca en estado sólido, que, según la prueba de campo, dio positivo para sustancia ilícita compatible con alcaloide de cocaína. Además, hallaron 3 balanzas grameras.
El intervenido, identificado como Abel Mego Simón, fue trasladado a la DIVMCTID de Tingo María. En su presencia se realizó la diligencia de deslacrado, conteo, identificación preliminar, pesaje, incautación con fines de decomiso de presunta cocaína, entre otras acciones. La sustancia pardusca decomisada arrojó un peso bruto total de 38.930 kilogramos, de los cuales 37 773 correspondían a pasta básica de cocaína, según informe pericial forense de drogas practicado por el Laboratorio de Criminalística de la Policía Nacional del Perú en Lima.
POR TRÁFICO DE DROGAS: PENA, MULTA E INHABILITACIONES DE TRABAJO
El Ministerio Público presentó cargos contra el detenido por el delito de tráfico ilícito de drogas. En este proceso, el imputado se acogió a la conclusión anticipada, un procedimiento legal en el cual el acusado reconoce su culpabilidad antes de que se lleve a cabo un juicio completo y con la fiscalía llega a un acuerdo sobre los términos de la sentencia, como la pena a pagar y la reparación civil, sin la necesidad de un juicio prolongado.
Este acuerdo fue aceptado por el Colegiado, que impuso además de la pena privativa de la libertad, el pago de S/ 1 376 equivalente a 155 días multa, y una reparación civil de S/ 100 000, cinco años de inhabilitación para obtener mandato, cargo, empleo, o comisión de carácter público, para ejercer por cuenta propia o por intermedio de tercero, profesión, comercio, arte o industria vinculada a la producción, elaboración o comercialización de cualquier tipo de insumo o materia prima que pueda servir para producir, traficar o comercializar cualquier droga, sustancia psicotrópica o estupefaciente.
Le impusieron también incapacidad definitiva para ingresar al servicio docente o administrativo en instituciones de educación básica o superior, pública o privada, en el Ministerio de Educación o en sus organismos públicos descentralizados o, en general, en todo órgano dedicado a la educación, capacitación, formación, resocialización o rehabilitación.
SANCIÓN POR TRÁFICO DE DROGAS
El artículo 296° del Código Penal sanciona con pena privativa de libertad no menor de 8 ni mayor de 15 años y con 180 a 375 días multa, e inhabilitación al que promueve, favorece o facilita el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, mediante actos de fabricación o tráfico. La pena es no menor de 15 ni mayor de 25 cuando se incurre en agravantes.
En 2023, la Corte Superior de Justicia de Ucayali judicializó 261 casos por tráfico ilícito de drogas en el distrito judicial. Hasta el año pasado, en el Penal de Pucallpa estaban internados 241 procesados (sin sentencia) por tráfico de drogas y 263 estaban pagando condena por haber cometido el mismo delito.