PJ prohíbe uso de leche en polvo en elaboración de leche evaporada
La empresa Gloria evalúa apelar decisión del PJ
El Tercer Juzgado Especializado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima (CSJL) declaró, en primera instancia, infundada la demanda de amparo que presentó Gloria S.A. contra el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), que buscaba que no se hiciera efectivo el decreto supremo donde se prohibía el uso de leche en polvo para producir leche evaporada.
Es decir, la leche evaporada debe ser elaborada exclusivamente con leche fresca, quedando así prohíbdo el uso de leche en polvo, tal como está establecido en el Decreto Supremo 004-2022-Midagri.
Pese a que Gloria no usa leche en polvo desde la aplicación del decreto supremo en octubre de 2022, la empresa presentó la demanda de amparo aduciendo que la prohibición vulneraba su derecho a la libertad de empresa.
La Corte Suprema de Lima determinó que, como el decreto no prohíbe en términos generales el uso de la leche en polvo, sino solo elaboración de la leche evaporada, lo cual no afecta los derechos de la empresa.
GLORIA ANALIZA APELAR
En tanto, Gloria analiza apelar la decisión del PJ considerando que la norma es "antitécnica, arbitraria y contraria a la Constitución".
"Debemos señalar que somos una empresa que cumple a cabalidad con el marco regulatorio, que venimos aplicando estrictamente la modificación al Reglamento de la Leche y Productos Lácteos desde su entrada en vigencia, y que esta situación no se ve afectada por la resolución judicial de primera instancia arriba mencionada. No obstante, ello no impide el ejercicio de nuestro derecho constitucional a continuar cuestionando ante las instancias competentes la modificación al citado Reglamento, pues consideramos que dicha norma es antitécnica, arbitraria y contraria a la Constitución y a los derechos que la misma garantiza", indican en su comunicado.