Oficializan decreto para otorgar indultos a internos vulnerables
El Ministerio de Justicia mediante el Decreto Supremo N° 004-2020-JUS, publicado en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, reguló el procedimiento para que la Comisión de Gracias Presidenciales otorgue indultos comunes y humanitarios.
Asimismo, el Poder Ejecutivo oficializó el decreto supremo que regula de manera excepcional y temporal, supuestos especiales para la evaluación y propuesta de recomendación de Gracias Presidenciales, y determinar su procedimiento, en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19.
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La norma establece que la Comisión de Gracias Presidenciales evalúa y recomendará la concesión de esta medida para internos e internas que padecen alguna enfermedad crónica, en etapa avanzada o enfermedades que se consideren vulnerables al contagio por el nuevo coronavirus.
Para realizar un indulto común y conmutación de penas, atendiendo al contexto de la emergencia sanitaria, la Comisión de Gracias Presidenciales recomendará se conceda para internos o internas sentenciados que:
- Que sea madre y permanezca con su niño o niña en el establecimiento penitenciario.
- Que su condena, efectiva o redimida, se cumpla en los próximos seis meses.
- Que se les haya impuesto una pena efectiva no mayor a cuatro años.
- Que sea mayor de 60 años de edad.
Por el contrario, personas sentenciadas por los delitos Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, contra la Familia y la Libertad no procederán a la recomendación de Gracia Presidencial.
Tampoco por delitos contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional, contra la Administración Pública, el Patrimonio, Seguridad Pública, financiamiento al terrorismo, lesa humanidad, lavado de activos, entre otros.
El decreto supremo fue refrendado por el presidente Martín Vizcarra y el ministro de Justicia, Fernando Castañeda.