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MIDAGRI contribuyó a la titulación de propiedad de 58 comunidades nativas en los últimos dos años y medio

La Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural, precisó que la titulación se entregó principalmente en Junín, Loreto, San Martín y Ucayali.

FOTO: MIDAGRI

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12:29 horas - Lunes, 9 Agosto 2021

Durante los últimos dos años y medio, del 01 enero 2019 al 31 julio 2021, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) en coordinación con los Gobiernos Regionales (GORES) expidieron 58 títulos de propiedad de comunidades nativas, informó la Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural (DIGESPACR). Ello, en el marco del Día Internacional de los Pueblos Indígenas, que se conmemora hoy.

“Los 58 títulos de propiedad de comunidades nativas beneficiaron a 1,494 familias (4,725 personas) dedicadas principalmente a la Agricultura Familiar, con un área de 77,274.3785 hectáreas (ha), y que están ubicadas principalmente en Junín, Loreto, San Martín y Ucayali”, destacó la directora general de la DIGESPACR, Helen Figueroa.

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Dicha dirección, que es el ente rector que promueve la titulación de tierras en el país, indicó que los GORES están cumpliendo con los agricultores, sobre todo de las comunidades nativas y campesinas, viabilizando y concretando la titulación de sus tierras, así como brindando protección y preservación de su territorio ancestral.

Figueroa indicó que nuestra historia nos da la oportunidad de conocer a las luchadoras organizaciones comunales regidas por principios como la ayuda mutua, la reciprocidad y la redistribución de la producción. Estas organizaciones son importantes porque forman parte de la identidad cultural de nuestro país, mantienen una estrecha relación con la tierra como fuente de alimentos y como base fundamental de su cultura, su vida espiritual, su integridad y su supervivencia económica. La relación con la tierra no es meramente una cuestión de posesión y producción, sino un elemento material y espiritual del que deben gozar plenamente, inclusive para preservar su legado cultural y transmitirlo a las siguientes generaciones.

Asimismo en nuestro país, la garantía del derecho a la propiedad de los pueblos indígenas u originarios se ha venido dando al nivel de una de sus formas organizativas, y tiene reconocimiento constitucional: la comunidad, tal y como se desprende del artículo 2 de la Ley N° 24656, Ley General de Comunidades Campesinas, del 13 de abril de 1987, cuando refiere que las Comunidades Campesinas “son organizaciones de interés público, (…), integradas por familias que habitan y controlan determinados territorios, ligadas por vínculos ancestrales, sociales, económicos y culturales, expresados en la propiedad comunal de la tierra, el trabajo comunal, la ayuda mutua, (…)”; y, en el caso de las Comunidades Nativas, el artículo 8 del Decreto Ley N° 22175, Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de la Selva y Ceja de Selva, del 09 de mayo de 1978, que señala que “Las Comunidades Nativas tienen origen en los grupos tribales de la Selva y Ceja de Selva y están constituidas por conjuntos de familias vinculadas por los siguientes elementos principales: idioma o dialecto, caracteres culturales y sociales, tenencia y usufructo común y permanente de un mismo territorio, con asentamiento nucleado o disperso”.

En las comunidades nativas, un título de propiedad, además de generar seguridad jurídica de su territorio, reduce los conflictos sociales, territoriales, y coadyuvan a la preservación del medio ambiente, protegiendo nuestros bosques, constituyéndose en los defensores ambientales, del ecosistema y la Biodiversidad.

También la legislación les permite acceder a los distintos programas sociales que brinda el MIDAGRI, cerrando la cadena de valor con el principal objetivo de mejorar su calidad de vida. De esa manera, se brinda atención a la demanda social de muchos años sobre la reivindicación de su territorio comunal.

COMUNIDADES NATIVAS TITULADAS

Durante este periodo de dos años y medio, las principales comunidades nativas beneficiarias están ubicadas en la región Junín, con las comunidades nativas de Meantari, Pueblo Nuevo, Tincabeni, Tzonquireni, Shimashiriavo, y Boca de Río Satipo.

La región Loreto concentra la mayor cantidad de comunidades nativas favorecidas con títulos de propiedad, entre ellas, Cayaltí - Río Huallaga, Libertad - Río Huallaga, Pollera Poza, Portal de Belén - Río Huallaga, San Miguel de Pucate, Nueva Capirona, Nuevo Progreso, Bagazan del Río Napo, Copalillo, Nuevo Horizonte, Nuevo Iquitos, Primero de Enero, Puerto Abeja, Puerto Obrero, San Francisco de Buen Paso, Santa Rosa de Tiwinza, Yuracyacu Altura, Bellavista - Río Napo, Juan Pablo II Río Napo, Nueva Floresta - Río Napo, Nueva Florida Kichwa, Nuevo San Pedro, Puerto Alegre - Río Napo, San Felipe - Río Napo, San Jose - Río Napo, Santa María de Loreto, San Pedro Del Bajo Putumayo, Abtao - Río Ucayali, Lurín, Nuevo Loreto - Río Ucayali, Sargento Lores - Río Ucayali, Shevonal, Túpac Amaru, Cedro Isla - Río Ucayali, Encanto Siuca Caño, Las Malvinas del Río Ucayali, Nueva Unión, Nuevo Progreso del Río Ucayali, Puerto Bermúdez, Francisco Bolognesi - Loro Caño, Nueva Unión - Río Trapiche, Puerto Arce y Santa Rosa de Sarayacu.

Mientras que en la región San Martín, las comunidades nativas de Pawana Anak y Kichwa Chambira. Finalmente, en la región Ucayali, las comunidades nativas de Nueva Vista Villa Sol, Nueva Betania, Nuevo Bélgica, Santa Lucía, Nueva Vida de Sheshea, Nuevo San Luis de Caco y Puerto Nuevo de Sheshea fueron las favorecidas.

Con información de MIDAGRI



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