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Estado de emergencia: trabajadores no acreditados serán detenidos

Fuerzas armadas y policiales están autorizadas para tomar medidas drásticas, como la detención de una persona que no cumpla con la cuarentena.
12:43 horas - Lunes, 16 Marzo 2020

Posterior a la declaración del Decreto Supremo N°044 y el Decreto de Urgencia N°026 que declaran el estado de emergencia nacional y aislamiento social obligatorio, el presidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos, anunció que los empleadores cuyo rubro se encuentre dentro de la relación de trabajos que tendrán libre tránsito, deberán acreditar a sus empleados hasta las 23 horas del día de hoy, de lo contrario no podrán movilizarse.

El premier indicó que el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior, hasta el mediodía de hoy, propondrán un protocolo o instructivo que determine quienes son las personas a las que se les permita el tránsito, por lo que deben estar debidamente acreditadas

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“Las normas que se han dado son sumamente restrictivas y se ha habilitado dentro de ese marco a las fuerzas armadas y las fuerza policiales para tomar medidas drásticas, por ejemplo la detención de una persona que omita la aplicación de estas restricciones. Acá tiene que actuar toda la fuerza de la ley. Se trata de defender lo que es la salud de todos los peruanos”, afirmó.

Asimismo, Zeballos indicó que se encuentran en sesión permanente. El día de hoy a las 10 de la mañana se reunirá la Comisión Multisectorial y el presidente Martín Vizcarra, y por la tarde se reunirán en Consejo de Ministros para poder aprobar el marco normativo complementario a las normas publicadas el día de ayer.

De esta manera el premier remarcó que por disposición del Decreto Supremo y Decreto de Urgencia, se concretará el cierre de fronteras vía terrestre, aérea, marítima y fluvial, y a partir de las 00:00 horas del 17 de marzo del presente año se aplicará la restricción del transporte interprovincial al 100%; es decir, que el día de hoy aún las personas pueden hacer uso de este servicio.



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